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25 servidores públicos tienen procesos sancionatorios en la Personería de Neiva

Mar 16, 2022

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DIARIO DEL HUILA, PRIMER PLANO

Por: Daniela Gutiérrez

Según informó la entidad, entre el 2021 y lo corrido del 2022 se han registrado 200 órdenes de desacato, y a más de 25 servidores públicos se le han iniciado procesos sancionatorios. Así mismo, la Personería señaló que en lo que va del 2022, ha realizado más de 2.000 tutelas y 3.500 derechos de petición, siendo la restitución al servicio de salud lo más recurrente.

Las cifras que arroja La Personería de Neiva indican que, en lo corrido del año 2022 se han incrementado los derechos de petición y las órdenes de tutela, debido a todas las problemáticas sociales que afronta la ciudad.

En la entidad reposan cerca de 2.000 tutelas y 3.500 derechos de petición que han interpuesto los ciudadanos por distintas razones, dentro de las cuales están el restablecer derechos fundamentales a la educación, atender a la población migrante, violencia de género, niñez, población discapacitada, temas ambientales, espacio público, plan de ordenamiento territorial, garantizar los derechos a las personas privadas de la libertad, las protestas sociales, Sisbén y el derecho a la salud; éste último, es el tema más recurrente.

“Debemos tener en cuenta que Neiva tiene más de 400 mil habitantes, 17 asentamientos y una gran parte de la población garante de derechos que no come sino una vez al día, donde tenemos que atender víctimas de conflicto armado y líderes sociales para poder velar por sus derechos fundamentales”, destacó el personero de Neiva, Kleyver Laureano Oviedo Farfán.

Indicó además que se han ejecutado 49 acciones de tutela, más de 97 derechos de petición y más de 400 atenciones a ciudadanos en el año 2022, donde se ha direccionado a cada uno para hacer la acción correcta y que se logre llevar a feliz termino el proceso.

“Estamos sirviendo de puente para que la población venezolana pueda tener acceso a todos los derechos constitucionales de las cuales Neiva tiene cerca de 10.000 personas, nosotros defendemos lo que dice esa carta constitucional y que pase del papel a la práctica, lo cual es una tarea bastante dispendiosa”, expresó el funcionario.

Ojo sobre los servidores públicos

La Personería tiene la función de vigilar, controlar y sancionar a quienes incumplan con los deberes funcionales y en el caso de los servidores públicos de Municipio, según indicó Oviedo, “el año pasado iniciamos y llevamos cerca de 200 ordenes de desacato porque no cumplen ni siquiera la orden de los jueces y en caso de servidores públicos, hemos iniciado cerca de 25 en este año 2022. Funcionarios que han incumplido con sus deberes funcionales y estamos próximos a emitir algunos fallos sancionatorios que ya vienen de tiempo atrás, pero se ha agotado el debido proceso y se hayan reunido las pruebas para sancionarlos por haber incumplido su obligación legal y constitucional”.

Dentro de esas acciones están sanciones disciplinarias, que corresponden a inhabilidades del cargo, suspensiones del mismo, multas económicas o amonestaciones en la hoja de vida, las cuales se expiden de acuerdo con la gravedad de los hechos.

Lo anterior se puede dar siempre y cuando el servidor incurra en conductas como el incumplimiento de deberes, la extralimitación en el ejercicio de derechos y funciones, la violación de prohibiciones o del régimen de inhabilidades, incompatibilidades e impedimentos, o en un conflicto de intereses.

Hoja de ruta

Los derechos de petición y las tutelas son acciones constitucionales con las que cuentan los ciudadanos para poder hacer valer sus derechos fundamentales los cuales deben ser debidamente interpuestos y ejecutados para que de esa manera se garantice más efectividad.

“Muchas personas no saben en ocasiones que sus inconvenientes pueden ser solucionados a partir de estas acciones y en La Personería tenemos la labor también de asesorarlos e indicarles qué es lo que deben hacer y cómo radicarlos”, señaló el Personero.

Estos instrumentos que tiene la constitución colombiana están dados en dos instancias, el derecho de petición es la fórmula como el ciudadano interactúa con el ejercicio de las Entidades y el Gobierno, “es el medio por el cual se pueden resolver problemas o por el cual se da información o que simplemente el Estado actúe”. La acción de tutela se impone cuando ya hay “una vulneración flagrante de derechos, cuando existe una amenaza, donde se puede ver menoscabado el derecho fundamental de la vida, la salud y la educación, donde es un juez el que toma determinaciones”, aclaró la fuente.

Estas instituciones también tienen el deber de poder delegar a otras entidades como la Procuraría, la Contraloría, las Administraciones Municipales y Departamentales, así como a concejales y alcaldes para poder gestionar de manera correcta todas las problemáticas sociales y que terminen por dársele oportuna respuesta.

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