Las víctimas del conflicto armado colombiano tienen ahora hasta el 22 de agosto de 2026 para rendir sus declaraciones por los hechos victimizantes sufridos desde 1985 en adelante, término establecido en la Ley 2343 de 2023 y ampliado por la Ley 2421 de 2024.
Para tal fin, la Procuraduría General de la Nación, a través de su delegada para el Seguimiento al Acuerdo de Paz, así como la Defensoría del Pueblo y las personerías municipales han dispuesto las medidas necesarias para que esas diligencias puedan realizarse en sus sedes ubicadas en todo el territorio nacional, así como también dispongan de la información necesaria para orientar a las personas interesadas en el proceso.
Este nuevo plazo es una oportunidad, para que las víctimas del conflicto reciban información sobre sus derechos y los procedimientos disponibles para que accedan al Sistema Nacional de Atención y Reparación Integral de Víctimas.
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Para la Procuradora Delegada para el Seguimiento al Acuerdo de Paz, Diana Yolima Niño Avendaño, este nuevo término dado por la ley permite “brindarles a las víctimas del conflicto las garantías de reparación y no repetición, medidas a las que por diferentes circunstancias no habían podido acceder anteriormente. También, es una oportunidad valiosa para darles información y orientación de los distintos procesos y mecanismos a los que pueden acceder”.
Adicionalmente, la norma señala que en todo caso la declaración por los hechos sufridos durante el conflicto puede entregarse hasta tres años después de su ocurrencia, con lo que fija un término prudencial para que los ciudadanos puedan acceder a los servicios y beneficios para las víctimas.
De acuerdo con cifras de la Unidad para las Víctimas, desde el 29 de diciembre de 2023 (fecha en la que fue promulgada la Ley 2343 de 2023) hasta el 30 de septiembre pasado se han recibido un total de 46.915 declaraciones.
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