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Contraloría archivó procesos por anomalías en multas de tránsito en Pitalito

Mar 20, 2021

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Aunque se probó que hubo prescripciones irregulares y anulación de multas por comparendos en Pitalito, la Contraloría Departamental archivó el proceso de responsabilidad orientado contra funcionarios que no tenían la competencia para ejercer el cobro de esas infracciones. Pese a que se confirmó que esa facultad estaba en cabeza de la Secretaría de Hacienda Municipal, encargada del cobro coactivo, antes de la creación del Instituto de Tránsito (Intrapitalito), el organismo de control, determinó que no hubo detrimento al tesoro público.

La investigación,  se originó por graves hallazgos encontrados en el Sistema Integrado sobre Multas y Sanciones por Infracciones de Tránsito (Simit). La Contraloría General de la República concluyó que entre 2003 y 2017 los municipios y departamentos dejaron de percibir alrededor de 53.556 millones de pesos por irregularidades en el cobro de las infracciones de tránsito. Según la auditoría en el país fueron archivados 410.790 comparendos de los cuales el 80,81% corresponden a anulaciones y a prescripciones irregulares. El Huila no estuvo al margen de esos hallazgos, especialmente en seis municipios, sin incluir a Neiva. Entre ellos figuró Pitalito. El reporte de las irregularidades fue trasladado a la Contraloría Departamental el 28 de enero de 2014.

Los hallazgos La investigación se inició por anomalías entre 2008-2013 en los municipios de Pitalito, Garzón, La Plata, Palermo, Campoalegre y al Instituto de Transito del Huila. La auditoría encontró en estos municipios la caducidad de numerosos comparendos por infracciones de tránsito. Además, detectó una masiva declaratoria de prescripciones de resoluciones sancionatorias antes del término legal. El primer reporte estimó que los recursos dejados de percibir por negligencia de los organismos de tránsito ascendían a 7.166 millones de pesos correspondientes a caducidades de las infracciones de tránsito y 92.818 millones de pesos por la declaratoria de prescripciones de resoluciones sancionatorias antes del término legal establecido.

En Pitalito, en ese periodo se detectaron irregularidades que impidieron el recaudo de por lo menos 35,38 millones de pesos. De éstos 12,84 millones correspondían a prescripciones y 22,54 millones de pesos a caducidades. El 12 de agosto de 2014 la Contraloría determinó un presunto detrimento de recursos públicos concernientes en las prescripciones decretadas por varias resoluciones expedidas durante la vigencia fiscal del 2014 correspondientes a multas por infracciones de tránsito por vencimiento superiores a tres años, por falta de procesos oportunos en la gestión de cobro y de elaboración del mandamiento de pago. Atendiendo las conclusiones del equipo auditor mediante auto de fecha 29 de octubre del 2015 profirió apertura del proceso de responsabilidad fiscal número 0277 de 2015 contra seis ex directores de tránsito de Pitalito.

Estimó que los recursos públicos dejados de percibir por falta de diligencia por parte de la Secretaría de Tránsito y Transporte de Pitalito puede constituir un presunto detrimento patrimonial por 35.38 millones de pesos. Archivan investigación por anomalías en multas de tránsito en Pitalito. Por falencias administrativas Pitalito dejó de percibir recursos por las infracciones de tránsito.

Las prescripciones Según el Código Nacional de Tránsito la prescripción ocurre cuando una sanción que ha sido impuesta por la violación a las normas de tránsito no se cobra por jurisdicción coactiva dentro de los tres años siguientes contados a partir de la ocurrencia del hecho. La ejecución de las sanciones que se impongan por violación de las normas de tránsito estará a cargo de las autoridades de tránsito de la jurisdicción donde se cometió el hecho. Esas autoridades estarán investidas de jurisdicción coactiva para el cobro cuando ello fuere necesario al ser la multa una obligación que deben hacer exigible los organismos de tránsito por vía administrativa (proceso de ejecución coactiva). La norma establece que las sanciones impuestas por infracciones a las normas de tránsito prescribirán en tres años contados a partir de la ocurrencia del hecho.

La prescripción deberá ser declarada de oficio y se interrumpida con la notificación del mandamiento de pago las autoridades de tránsito no podrán iniciar el cobro coactivo de sanciones respecto de las cuales se encuentran configurado no son puestos necesarios para declarar su prescripción. “Las multas por estas infracciones hacen parte de los ingresos operacionales estimados en los presupuestos anuales que son aprobados por el consejo directivo del organismo de tránsito para cada vigencia fiscal por tanto cuando estos no son recaudados y prescriben se convierten en recursos dejados de percibir por el ente territorial lo que consecuentemente causa una lesión del patrimonio público en este caso para el Instituto de Tránsito y Transporte de Pitalito”, concluyó el equipo auditor. Por hechos similares fueron investigados y luego absueltos los directores del Instituto de Tránsito del Huila, Luis Iván Parra, José Hermides Quimbaya, Hernán Torres Peña, Luis Alfredo Gómez Clavijo y Edgar Manolo Torres.

En el caso de Pitalito, la Contraloría vinculó a los seis directores técnicos de Tránsito y Trasportes, Sandra Carolina Bermeo, Camilo Guzmán, María Eugenia Herrera Gutiérrez, Jorge Enrique Motta Carvajal, Oscar Marino Ordóñez y José María Sánchez Torres. Archivan investigación por anomalías en multas de tránsito en Pitalito 9 19 marzo, 2021 El cobro de los partes, eran competencia de la Secretaría de Hacienda, no de tránsito.

Intrapitalito, como ente descentralizado entró en operaciones en mayo de 2012 Camilo Guzmán fue director entre enero de 2009 y enero de 2010 y tampoco tenía la competencia para ejecutar esos cobros. “Las multas que se generan por infracciones de tránsito son rentas cedidas a los municipios. Bajo esa circunstancia debe establecerse que la Dirección Técnica de Tránsito y Transporte de Pitalito para los años 2009 y 2010 no era una entidad descentralizada sino una dependencia adscrita a la Secretaría de Gobierno y Desarrollo Social por cuanto sus rentas se encontraban a cargo de la Secretaría de Hacienda”, aclaró.

 

Fuente: Pitalito Noticias

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