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Corrigieron fallo que ordenó pagarle $14 billones a un particular

Nov 14, 2022

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Tras conocerse lo que sería la mayor reparación en la historia del país a favor de un particular, el Tribunal Administrativo de Cundinamarca corrigió el fallo que inicialmente había condenado a la Nación, a la Rama Judicial y a la empresa privada Corficolombiana al pago de 14 billones de pesos en un proceso de reparación a un particular. La Sección Tercera del Tribunal, con fallo del 21 de octubre, emitió la insólita condena que generó polémica por el valor que superaba en más de la mitad el monto de lo que pretende recaudar el gobierno del presidente Gustavo Petro con la reforma tributaria.

Luego de que el viernes se conociera el fallo y este diario y otros medios informaran sobre hechos polémicos asociados al caso, se generó un fuerte debate sobre el excesivo monto de la sentencia e incluso el primero en salir al paso fue el presidente del Tribunal, el magistrado Rodrigo Mazabel, quien señaló que la decisión sería revisada. Unas horas después, se reunió la Sala conformada por los magistrados Clara Cecilia Suárez, Henry Aldemar Barreto y Franklin Pérez y aunque mantuvieron la decisión inicial de condenar a los demandados, modificaron sustancialmente el monto de la indemnización por los supuestos errores cometidos en el proceso por la reclamación de unos Cdt. Así el valor a pagar pasó de más de 14 billones a 18.393 millones de pesos.

En la decisión se argumentó que de oficio es posible que los jueces puedan corregir sus providencias si han incurrido en errores que estén contenidas en la parte resolutiva o influyan en ella. Frente al caso puntual se reconoce en la nueva providencia de nueve páginas que “en la liquidación de los perjuicios materiales reconocidos a la parte demandante, que fue realizada por la Secretaría de la Sección se incurrió en un error puramente aritmético al aplicar la fórmula de liquidación de los intereses moratorios”.

Precisamente, en la decisión se lee que ese error aritmético “influyó en el numeral tercero de la parte resolutiva de esta providencia, pues determinó valor diferente al que corresponde a la indemnización que debe ser pagada a la parte demandante por concepto de intereses moratorios; razón por la cual procede su corrección de oficio”.

La Rama Judicial y Corficolombiana ya habían radicado ante el tribunal recursos de aclaración y adición, y esta última anunció que presentará una apelación para que el fallo llegue a revisión al Consejo de Estado. La financiera cuestionó en un comunicado no solo el valor de la condena sino el hecho de terminar vinculada al proceso “pese a no ser, ni cumplir funciones de juez, y, por lo tanto, no ser sujeto calificado para cometer error judicial”.

En todo caso y a pesar de la aclaración, la sentencia tendrá un nuevo capítulo en el máximo tribunal de lo contencioso administrativo que tendrá que resolver de fondo, entre otros, si hubo o no responsabilidad de los demandados en los supuestos daños causados al demandante y si Corficolombiana a pesar de no tener las facultades de un despacho judicial podía resultar vinculada y luego condenada.

Finalmente, la empresa ha cuestionado además que se trata de un caso asociado a unos títulos dudosos y que la corporación obró “legítimamente al negarse al pago, por no haberse demostrado a lo largo del proceso ejecutivo, la realización del depósito del dinero de los CDTs” por parte del denunciante.

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