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Corte Constitucional avala la ley de ‘borrón y cuenta nueva’

Ago 26, 2021

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Los colombianos que se pongan al día con las deudas morosas con el sistema financiero podrán salir rápidamente de las ‘listas negras’ de las centrales de riesgo financiero.

Así quedó establecido ayer luego de que la Corte Constitucional, por decisión unánime (aunque con algunas aclaraciones de voto), aprobó la ponencia que el magistrado Alejandro Linares presentó sobre el proyecto de ley de Hábeas Data, también llamado de “borrón y cuenta nueva”.

La iniciativa, aprobada el año pasado por el Congreso y que ahora pasa a sanción presidencial, podría beneficiar a más de ocho millones de personas que han sido reportadas negativamente a las centrales de riesgo, según lo explicó uno de sus principales promotores, el senador conservador David Barguil.

Agregó que se trata de una “segunda oportunidad” para que los ciudadanos puedan acceder a créditos tanto con entidades financieras como con establecimientos comerciales después de cancelar sus deudas y salir del reporte negativo de las centrales de riesgo.

“Se tiene que borrar de centrales de riesgo el reporte de más de cinco millones de colombianos que ya se han puesto al día con sus obligaciones”, indicó el senador liberal Luis Fernando Velasco, otro de los promotores.

Puntos claves

  1. Una amnistía por una única vez para que quien se pone al día o ya lo hizo (en un plazo máximo de un año después de la entrada en vigor de la ley), salga del reporte negativo en menos de seis meses. Es decir, queda “cero kilómetros”, con su calificación restablecida y puede tener crédito formal tanto en establecimientos de comercio como en entidades financieras.
  2. La Ley también contempla que las víctimas de suplantación, con la sola denuncia en la Fiscalía y los soportes probatorios respectivos, saldrán del reporte negativo.
  3. Para las pequeñas deudas, aquellas por debajo de $130.000, las entidades tendrán que enviarle al usuario dos comunicaciones previas al reporte negativo (con diferencia mínima de 20 días)para que pueda pagar y evitar la sanción. Si la suma es superior, será obligatorio por lo menos un llamado.
  4. No habrá reportes en centrales de riesgo durante el tiempo que dure la emergencia sanitaria por el covid-19 ni durante los seis meses siguientes a su terminación.
  5. Las pequeñas y medianas empresas podrán solicitar, por un periodo de hasta 6 meses, la suspensión de los reportes negativos con el fin de que puedan acceder al crédito.
  6. Los campesinos que tengan reportes por créditos agropecuarios inferiores a 10 salarios mínimos ($9.800.000) podrán solicitar que se suspenda el reporte negativo hasta por 6 meses.
  7. Las empresas del sector turístico que se pongan al día dentro de los 6 meses de entrada en vigencia de la ley se beneficiarán del retiro inmediato del reporte negativo.
  8. Se establecieron excepciones para un tipo de población que podrá quedar sin reporte tan pronto cancele su deuda. Por ejemplo, deudores del Icetex, de pequeños créditos agropecuarios, los jóvenes y las mujeres.
  9. Debe existir una comunicación previa al usuario en caso de cualquier tipo de reporte, que también aplicará para cualquier operación de comercio electrónico.
  10. Se ordena la gratuidad para toda consulta de información crediticia a los usuarios del sistema, a través de todos los canales de acceso y en cualquier momento, sin que esto genere alguna afectación en su calificación.
  11. Las centrales de riesgo tendrán tres meses para eliminar los reportes negativos de los deudores que hayan superado los 10 años,contados a partir de la fecha del reporte de incumplimiento informada por el usuario.
  12. Las entidades financieras deben justificar al usuario por qué le niegan un crédito y, por ninguna razón, lo podrán denegar solamente por el análisis del historial crediticio, como la prohibición del uso del historial crediticio para la toma de decisiones laborales de contratación (salvo en casos en el sector financiero o cooperativo).
  13. Las fuentes de información deberán reportar al operador, como mínimo una vez al mes, las novedades acerca de los datos para que este los actualice en el menor tiempo posible. Es decir, actualizar y rectificar los datos.
  14. Se crea una aplicación gratuita para que los titulares registren su correo y reciban comunicaciones cuando se les reporte una nueva obligación en su historial de crédito en menos de cinco días hábiles.
  15. Cuando la obligación permanezca insoluta (no paga), el reporte caducará a los 8 años y no a los 14, como hoy.

 

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