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Corte Internacional se pronunció ante caso entre Colombia y Nicaragua

Abr 21, 2022

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El agente de Colombia ante la Corte Internacional de Justicia, en La Haya, Carlos Gustavo Arrieta, señaló que están “muy satisfechos con la decisión”.

Según Arriera, La Corte Internacional de Justicia profirió hoy su fallo sobre el fondo en el litigio de Nicaragua contra Colombia y le dio la razón en los  puntos más importantes.

Este caso se originó en una demanda presentada por Nicaragua el 26 de noviembre de 2013. Es de notar que, en septiembre del mismo año, Nicaragua ya había presentado otra demanda contra Colombia, referida a la delimitación entre una supuesta plataforma continental extendida de ese país con la plataforma de Colombia. Ese proceso sigue en curso y las partes se encuentran a la espera del llamado de la Corte a audiencias, lo cual esta hará de conformidad con su calendario.

La decisión de hoy no se refiere a temas de soberanía ni de delimitación marítima. El litigio era sobre los derechos de ambas partes en el Mar Caribe y si sus actuaciones y decisiones se ajustaban al derecho internacional.

Se logró promover las principales tesis de Colombia en el proceso, y Nicaragua no prosperó en su intento de negar la presencia y actividades de Colombia en el Mar Caribe suroccidental. Los principales puntos se pueden sintetizar así:

1. La Armada puede continuar haciendo presencia en el Caribe y avanzando en la lucha contra los delitos transnacionales y el narcotráfico.

2. Se conservó la Zona Contigua Integral colombiana. La unidad, integridad e indivisibilidad del Archipiélago de San Andrés, Providencia, Santa Catalina y los Cayos, y todas las islas que lo conforman, se mantiene.

3. La Corte es consciente de los derechos de pesca de los Raizales. Los Raizales pueden navegar libremente para llegar a los bancos de pesca en aguas colombianas, y Nicaragua no puede impedir su libre tránsito.

4. Prosperó la contrademanda de Colombia sobre el decreto ilegal de Nicaragua de puntos y líneas de base porque era violatorio del derecho internacional y de los derechos de Colombia.

5. La Corte se abstuvo de hablar sobre el cumplimiento o no del fallo del 2012. El principio constitucional mediante el cual los límites de Colombia solo pueden ser modificados mediante un tratado no fue cuestionado por la Corte.

6. Se descartaron la mayoría de los supuestos “incidentes” alegados por Nicaragua. Solo hubo una declaración de la Corte en relación con unos hechos muy puntuales de la Armada Nacional en la zona. Como tal, la Corte tampoco le reconoció a Nicaragua indemnización alguna; no va a haber una etapa posterior del proceso para estos efectos.

7. La Corte no conservará su jurisdicción sobre el caso y las actividades de Colombia, tal y como lo pretendía Nicaragua. Este caso se cerró hoy.

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