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Denunciar servidores públicos será un delito

Dic 7, 2021

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En la ponencia para último debate del proyecto de Ley Anticorrupción, autoría del Gobierno, un polémico artículo que planteaba sanciones carcelarias (hasta 120 meses de prisión) y de carácter económico (hasta 1.500 salarios mínimos mensuales) para quienes injuriaran o calumniaran a servidores o exservidores públicos, o a sus familias, al igual que la pérdida de la personería jurídica.

Pese a las críticas de organizaciones como la Fundación para la Libertad de Prensa, la Sociedad Interamericana de Prensa y la Asociación Nacional de Medios de Comunicación, la Plenaria de la Cámara de Representantes negó las proposiciones que buscaban eliminar este apartado de la iniciativa, que según la Flip, «promueve el uso de la vía penal como sanción a la libertad de expresión, contrario a estándares interamericanos y constitucionales».

Tras negar las proposiciones de archivo, impulsadas por congresistas de oposición, independientes, y hasta del partido de Gobierno (Gabriel Santos), fueron radicadas nuevas proposiciones pero para modificar el artículo. Estos cambios, que tuvieron el apoyo del ponente y autor del artículo, el representante de Cambio Radical, César Lorduy, fueron avaladas.

En consecuencia, al artículo se le quitaron las sanciones de carácter económico y carcelario, quedando así: «cuando quien profiera injuria o calumnia en contra de un funcionario o un exfuncionario público, o sobre su familia, sea representante legal o miembro de cualquier organización comunitaria, el juez de control de garantías ordenará a la autoridad competente que, previo cumplimiento de los requisito legales establecidos para ello, proceda a la suspensión o cancelación de la personería jurídica de la organización comunitaria a la que pertenece».

Pese a esta modificación, quienes buscaban la eliminación del artículo aseguraron que lo planteado seguía siendo un método de ‘persecución’. «Se amplía la injuria y la calumnia como delito para que la consecuencia pueda ser, incluso antes de la condena, la pérdida de personería jurídica, lo que es especialmente grave para periodistas, ciudadanía que hace veeduría o partidos que hacen control político», aseguró Juanita Goebertus.

«Limitar de esta manera la libertad de expresión, el derecho a la oposición, es inconstitucional y es abiertamente contraria a la Convención Interamericana. Este es el camino de regímenes autoritarios a lo largo y ancho del continente, de izquierda y de derecha, que han usado este tipo de leyes sobre injuria y calumnia, para perseguir a sus contradictores», según la representante del Partido Verde.

El representante uribista Gabriel Santos afirmó que se tratada de «una buena (?) noticia. Logramos convencer a la plenaria para votar en contra de una parte del artículo. No quedó en el artículo nada de multas o pena de prisión. Quedó la cancelación de la personería jurídica. Sigue siendo problemático pero nos llevamos una pequeña victoria».

Al respecto Lorduy, quien fue ponente del proyecto, defendió este artículo, y el proyecto en general, manifestando que «en Colombia independientemente de la pena, la injuria y la calumnia son delitos. Este es un proyecto que permite llevar a cabo lo que efectivamente se persigue, y es que la corrupción sea evidente, cuantificable, medible, y no sobre hechos falsos».

Pese a esta explicación, desde la oposición aseguraron que demandarán este apartado del proyecto ante la Corte Constitucional. Gran parte de la discusión se centró en esta parte del proyecto, finalmente fue aprobado en su totalidad en la plenaria, con 93 votos contra 19. Sin embargo, como el polémico artículo en efecto fue incluido para este último debate, ahora las plenarias tanto de Cámara como de Senado deberán conciliar lo aprobado. Es decir, autorizar este nuevo artículo sobre injuria y calumnia. Si ambas plenarias lo aprueban, pasa a sanción presidencial. Si no es así, se hundiría.

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