Diario del Huila

¿Derecho penal para el conflicto?

Abr 23, 2022

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Juan Carlos Cortés G.

La declaración del estado de emergencia en El Salvador coloca sobre la mesa el debate sobre los alcances del derecho penal en estos tiempos.

La violación de la tregua entre el Estado y las pandillas salvadoreñas, con el asesinato de más de 80 personas en un fin de semana, determinó la adopción de medidas de emergencia, relacionadas con el incremento de penas, la extensión de la responsabilidad penal a menores, la flexibilización para las medidas de aseguramiento privativas de la libertad y el endurecimiento de las condiciones de reclusión.

Cerca de 60 mil personas conforman las denominadas maras en ese país, de las cuales más de 20 mil se encuentran capturadas. Recientemente, se anunciaron detenciones masivas que cobijan alrededor de seis mil personas, en tanto el Presidente de la República divulgó imágenes de los detenidos, hacinados en celdas, sin acceso a luz y con restricciones de alimentación y servicios básicos.

La razón de la estrategia se expresa en señalar que si las maras no dejaban de matar salvadoreños, los detenidos iban a sufrir tratos denigrantes en las cárceles. Para ganar la guerra, el gobierno presiona los delincuentes mediante una especie de chantaje institucional, dándole rienda suelta a un esquema de reacción penal vindicativa, que rememora la lógica del “ojo por ojo”.

La compleja situación del hermano país, cuya superación la región anhela, no obstante, sugiere un profundo debate sobre el papel del Estado y la vigencia de los derechos humanos en tiempos de crisis por la violencia criminal.

Se trata de un asunto que reclama la atención de Latinoamérica, azotada por fenómenos socioeconómicos que exacerban la delincuencia y la violencia ciudadana.

¿El camino será entonces adoptar medidas de emergencia, que se vislumbran permanentes, por las cuales ampliar los términos para la detención administrativa, restringir la garantía de habeas corpus, ampliar responsabilidades penales a menores de edad, incrementar las penas, admitir la noción de responsabilidad penal por el hecho de otros y aplicar penas corporales para quienes estén privados de la libertad?

La racionalidad liberal logró luego de varias revoluciones, instaurar un modelo de Estado constitucional de justicia y ahora se enfrenta a posibles retrocesos de muy peligrosas consecuencias, que dejan en entredicho la efectividad universal de derechos personalísimos que se creían preservados.

La guerra en Ucrania revela la impunidad de actos criminales de lesa humanidad, en tanto, la guerra contra las pandillas en una sociedad del vecindario, deja ver la fragilidad estatal para reaccionar a la violencia y lo débil de las estructuras democráticas para hacer prevalecer la ley y garantizar el respeto por los derechos humanos.

Frente a las imágenes que se conocieron de El Salvador surgen muchas preguntas. ¿Serán todos culpables? ¿Ante quién acudir si se comete un error en el procedimiento policial? ¿Qué seguridad tiene un joven de no ser inculpado falsamente? ¿Qué autonomía tiene la justicia frente a un estado de excepción tal? ¿Hasta cuanto se puede racionar la comida de un privado de la libertad? ¿Y el acceso a la luz? ¿Y qué pasa si los delincuentes siguen matando? ¿Cuántas prisiones habrán de construirse? ¿Se podrán rehabilitar los pandilleros? ¿Cómo sanar a la sociedad?

El liberalismo reclama el uso del derecho penal como instancia última, con fundamento en el respeto por la dignidad humana de la víctima y del victimario. A propósito, la Corte Constitucional en Colombia acaba de extender el seguimiento por estado de cosas inconstitucional en materia penitenciaria, a la situación de sitios de reclusión temporales y estaciones de policía. Gran contraste. Estado social de derecho vs. guerra: son tiempos de defender la democracia.

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