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Duque le dice no a proyecto de penas alternativas para madres

Jul 20, 2021

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El presidente Iván Duque objetó la ley que pretendía otorgar beneficios a las madres cabezas de hogar que permanecen privadas de su libertad.

El presidente Iván Duque decidió objetar el proyecto que pretendía brindar la posibilidad a madres cabeza de familia de pagar sus condenas con trabajo comunitario. Según detallan las objeciones, la iniciativa sería inconstitucional por sustituir las condenas por trabajo social.

El Gobierno Nacional señaló que sustituir las penas privativas de la libertad impuestas por delitos como el concierto para delinquir, el hurto calificado y agravado, el narcotráfico, resulta completamente en contravía del ordenamiento jurídico colombiano.

Más allá de los beneficios que pueda brindar la iniciativa del senador Rodrigo Lara en materia de alternatividad penal, «genera un incentivo perverso para la comisión continuada de esas conductas ante la posibilidad de no ser perseguidas adecuadamente por el Estado con la severidad que las mismas exigen».

Según reza el documento: «el legislador, al extender la medida sustitutiva de la pena privativa de la libertad de la que trata el proyecto de ley a los delitos de concierto para delinquir, hurto calificado y agravado y narcotráfico, lesiona derechos e intereses individuales y colectivos, y pone en peligro la existencia misma de la sociedad y del Estado, en tanto incentiva y promueve la comisión de tales conductas delictivas».

La molestia de Lara

El senador no tardó en expresar su voz de descontento. A través de su cuenta de Twitter reaccionó a la decisión del presidente Duque. «Grotesco que gobierno objete ley de penas de utilidad pública a mujeres pobres, cabeza de hogar que cometan por 1ra vez delitos menores sin violencia Gobierno había aprobado el proyecto en Consejo de Política Criminal Suaves con grandes narcos, duros con madres solteras pobres», afirmó.

Lara apeló a que su iniciativa fue aprobada por unanimidad en el Congreso de la República como una de las razones por las que Duque debió haberla avalado con su firma.

«El proyecto aprobado por absoluta mayoría del Congreso en sus 4 debates (no hubo un solo voto en contra) y que radiqué con el apoyo de firmas de congresistas de todos los partidos políticos, será enviado entonces a la Corte Constitucional, la cual sin dudas le dará el visto bueno», concluyó.

¿En qué consiste el proyecto?

Es clave mencionar que este proyecto busca, entre otras cosas, reducir la problemática de hacinamiento carcelario que se ve en los centros penitenciarios del país y, además, que los hijos de las condenadas no queden a la deriva de problemáticas sociales como la delincuencia, las drogas y el alcoholismo.

El proyecto establece que las mujeres condenadas por delitos cuya pena sea igual o inferior a 8 años de prisión, en las cuales se demuestre que la condición del delito esté asociado a condiciones de vulnerabilidad, se les aplicará una medida sustitutiva de servicio de utilidad pública. Esa medida implica la prestación de un servicio no remunerado.

Los requisitos para acceder a dicho beneficio son:

  • Ser mujer madre cabeza de familia.
  • No tener antecedentes penales dentro de los cinco años anteriores al delito.
  • Ser condenadas a penas menores o iguales a los 8 años.
  • No haber cometido delitos violentos o que pongan en riesgo la seguridad ciudadana ni la seguridad de su hijo.
  • Debe demostrar que las condiciones de comisión del delito estén asociadas a condiciones de marginalidad que afecten la manutención del hogar.

 

El reclamo del uribismo

Pese a que la iniciativa fue votada sin problema alguno en el Congreso, tras su aprobación, la bancada de senadores del Centro Democrático anunció que le solicitarían al presidente Iván Duque que objetara los artículos de dicho proyecto que se relacionan con delitos como hurto calificado, hurto agravado, el tráfico internacional, el tráfico doméstico y el microtráfico.

«En defensa de los colombianos, la legalidad y la seguridad de las comunidades, nos oponemos a la “legalización” del microtráfico y otros delitos calificados y agravados. Pediremos al señor Presidente de la República, que objete los artículos de dicho Proyecto de Ley que se relacionen con esos delitos. Lo aprobado es un orangután», señaló la bancada.

Según detallaron los senadores, consideran que la Política Criminal de beneficios para subrogados penales, es un mecanismo necesario para la resocialización de las personas que han cometido delitos de menor cuantía y cuyo daño a la sociedad sea mínimo. Comparten que se requiere una urgente revisión del sistema penitenciario y depuración de las situaciones en que se encuentran los reclusos, cuyas condenas permitan sustituir su pena por el trabajo de utilidad pública.

«Sin embargo, utilizar este mecanismo para sustituir la pena de delitos como el hurto calificado, hurto agravado, el tráfico internacional, el tráfico doméstico y el microtráfico, cuando estos sean cometidos por mujeres cabeza de familia que tengan necesidades de subsistencia y encuentren en actividades ilegales un sustento, es instrumentalizar a las mujeres vulnerables y sus familias en contra de la legalidad y de toda la sociedad».

¿Qué sigue en el proceso?

Cuando el presidente objeta una iniciativa, se devuelve el proyecto de ley a la cámara en la que tuvo origen, para que tenga lugar un nuevo debate en sesión plenaria. En caso de que ambas cámaras parlamentarias insistan, con la mayoría absoluta de los votos de sus miembros, pueden presentarse dos posibilidades: (i) si el proyecto hubiese sido objetado por inconveniente, se remite nuevamente al presidente, quien deberá sancionarlo, sin poder formular nuevas objeciones. Si el mandatario no sanciona la ley dentro del plazo estipulado, correspondería hacerlo al presidente del Congreso.

Ahora bien, (ii) si lo hubiese objetado por inconstitucionalidad, el Congreso puede acoger o rechazar estas razones. En caso de que acepte los motivos del Gobierno, estos apartes se retiran de la iniciativa y esta se regresa para sanción presidencial. Si el Congreso rechaza las observaciones del Gobierno, la iniciativa pasa a estudio de la Corte Constitucional, la cual decide si la ley está acorde con la Constitución y si se debe sancionar o se debe archivar.

 

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