Diario del Huila

Extradición y soberanía

Oct 29, 2021

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Al fin cayó en el Urabá antioqueño, en la operación “Osiris”, el reconocido delincuente Darío Antonio Usuga, alias “Otoniel”, el más buscado en Colombia, con ciento veinticuatro órdenes de captura, por todo su prontuario delictivo, el cual  pasó desde ser miembro de la guerrilla, luego estuvo en  grupos paramilitares, se reincorpora varias veces gracias a los procesos de paz y regresó a la narco delincuencia, en toda una serie de organizaciones y grupos delincuenciales.   Era el jefe del temido grupo ilegal conocido como el “Clan del golfo”.

Es solicitado en extradición por Estados Unidos, al parecer por tráfico de drogas y el Gobierno colombiano ha anticipado, que lo entregará en extradición lo antes posible. La extradición es un mecanismo de cooperación internacional para la persecución de los delincuentes, autorizado por el artículo 35 de nuestra Constitución Nacional y supone un trámite mixto en dos de las ramas del poder público. Una vez solicitada la extradición por intermedio de la Cancillería colombiana, se organiza el expediente que va a la Corte Suprema de Justicia para que ésta Corporación de su concepto.    La Corte revisa formalmente que se cumpla con los requisitos de que sea requerido por autoridad judicial, por un delito que también lo sea en Colombia, que no sea político, entre otros.  Su concepto negativo obliga al Gobierno, el positivo, lo coloca en la discreción de conceder o no la extradición.

La pregunta que se hacen muchos colombianos, es que pasa con los delitos cometidos por alias “Otoniel” en Colombia y con los procesos que seguramente se le siguen en el país; pues si se extradita, esas investigaciones se pueden ver afectadas y correr el riesgo de morir por inanición, como ha sucedió con algunas en el pasado.   Incluso, escuchamos de alguno de los precandidatos presidenciales, un pedido para que no se le extradite, hasta que no pague por sus delitos en Colombia, advirtiendo que la extradición a veces se convierte en un incentivo, pues salen con penas cortas en el extranjero, entregando sus bienes allí, y en el país no reparan a las víctimas.   La Corte incluso, en el pasado, dio su concepto favorable a algunas extradiciones de paramilitares, advirtiendo al ejecutivo la conveniencia de suspenderlas hasta que avanzaran los procesos en Colombia.

Sin embargo, al margen de tan interesante del debate, que además, pone en el filo de la navaja, la soberanía judicial colombiana,  somos partidarios de la cooperación judicial con los  países que solicitan la extradición, por supuesto, con reciprocidad en la materia; es la mejor forma de combatir la delincuencia,  y con los  instrumentos tecnológicos, desde lejos se pueden  avanzar los procesos que  se llevan internamente, de manera virtual;  lo que  si debemos ser es coherentes,  es decir,  si  Estados Unidos solicita la extradición de “Otoniel”, y se concede;   debemos aplicar el mismo racero el día en que Paraguay solicite la extradición de otro delincuente.

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