En Colombia, el Decreto 1067 de 2015 contempla la figura de la “expulsión discrecional”, que le permite a Migración Colombia despedir a las personas extranjeras que a su juicio realicen actividades o representen un riesgo que atenten contra la seguridad nacional, el orden público, la salud y la tranquilidad social.
Dicho decreto regula los tipos de sanciones migratorias, las causales que dan lugar a cada sanción y el procedimiento que se debe respetar para su imposición. Dentro de las sanciones migratorias se encuentran: las sanciones económicas, la deportación, la expulsión y la “expulsión discrecional” o por otros eventos. Siendo esta última una de las sanciones más graves. Por esta razón, debería ser excepcional y estar robustecida con mayores garantías para las personas migrantes.
El caso
En relación al caso, donde le fue aplicada esta medida, al ciudadano francés, Adrien Jean Gabriel, se conoció que el extranjero, había ingresado a Colombia de manera irregular y no volvió a salir del país.
Esta persona eligió al municipio de San Agustín, para vivir y se asentó allí desde el año 2019.
Ahora Diario del Huila, pudo conocer que esta persona es señalada por la comunidad de suministrar estupefacientes a menores de edad, principalmente bazuco, lo que generó repudio en la población.
Los recursos
Asimismo, se conoció que el extranjero, pagaba sus gastos personales, gracias al dinero que le enviaban sus progenitores desde París, Francia.
En este sentido, funcionarios del Centro Facilitador de Servicios Migratorios del Huila y Caquetá, atendieron el caso, llegaron a la capital arqueológica del Huila y ubicaron a esta persona.
Amparados en la ley
En este sentido, se aplicó el Decreto 1067 de 2015, también conocido como el Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo de Relaciones Exteriores, que regula los procedimientos de deportación y expulsión de migrantes, determinando así los supuestos de hecho necesarios para que estas dos figuras den a lugar, estableciendo los recursos procedentes para cada una en sede administrativa.
No obstante, el artículo 2.2.1.13.2.2. del mencionado cuerpo normativo hace referencia a otros eventos de expulsión, de forma que es una norma de carácter excepcional y de contenido abierto que contempla una facultad discrecional en cabeza de la autoridad migratoria (Migración Colombia), frente a la cual no existe control en sede administrativa.
Dicho artículo establece: “Otros eventos de expulsión. No obstante lo dispuesto en el artículo anterior, el Director de la Unidad Administrativa Especial Migración Colombia, o sus delegados, podrán expulsar a los extranjeros que a juicio de la autoridad migratoria, realicen actividades que atenten contra la seguridad nacional, el orden público, la salud pública, la tranquilidad social, la seguridad pública o cuando existan informaciones de inteligencia que indiquen que representa un riesgo para la seguridad nacional, el orden público, la seguridad pública, o la tranquilidad social, Contra la decisión de expulsión no proceden los recursos de la sede administrativa”.
Otro caso
Por otra parte, la mañana del sábado 24 de agosto, autoridades colombianas, en colaboración con la Interpol, lograron la captura en el aeropuerto Ernesto Cortissoz de Barranquilla de Admir Tutaj, un presunto integrante del disuelto clan de Los Balcanes, buscado a nivel internacional por delitos de tráfico de armas.
Gracias a la experticia, Tutaj fue identificado en el Centro Facilitador de Servicios Migratorios en Barranquilla, tras ser consultado en nuestras bases de datos por el Grupo de Enlaces. La alerta se emitió cuando se confirmó que el ciudadano albanés, era requerido por la Organización Internacional de Policía Criminal (Interpol) con una circular roja por delitos graves como el tráfico de armas y municiones, crimen organizado, entre otros.
El extranjero, fue inmediatamente puesto a disposición de la Seccional de Investigación Criminal (Sijín) e Interpol, para que continúe su proceso de judicialización.
Este seguimiento que realizó la Interpol que culminó en su detención, fue producto de una alerta internacional que identificaba al extranjero como un actor clave en actividades ilícitas relacionadas con el tráfico de armas a nivel global.
Vendían pornografía
Y a inicios de noviembre, mediante orden judicial y en flagrancia, en el municipio de Aipe, fue capturada una pareja por la Dijin, quienes presuntamente habrían grabado y transmitido imágenes y videos con contenido de abuso sexual de su hija de 5 años de edad.
En este sentido, la entidad en mención, en coordinación con la Fiscalía General de la Nación y el apoyo de la Oficina del Servicio de Inmigración y Control de Aduanas e Investigaciones de Seguridad Nacional de los Estados Unidos ICE/HSI, logró capturar mediante orden judicial y en flagrancia a estas dos personas.
La pareja era buscada internacionalmente por las grabaciones transmitidas a Estados Unidos, Europa, Asia y Suramérica.
Por su parte, el coronel Herbert Noe Mejía Castro director de Investigación Criminal e Interpol- ‘Dijin’, indicó: “nuestra agencia HSI de los Estados Unidos genera una alerta a Colombia, donde nos da a conocer la existencia de una persona que está en el territorio colombiano, distribuyendo contenidos de pornografía infantil con menor de 18 años”.
La investigación se inició a mediados de julio de 2024, luego de que los integrantes de la Dijin, fueron alertados por el país norteamericano. Al parecer el sujeto, quien era el padrastro de la menor, produjo 14 vídeos de producción propia, en los cuales registró los abusos cometidos a una menor de 5 años, hija de su pareja sentimental y con el apoyo de ella misma.
Durante el operativo, les fueron incautados varios teléfonos celulares que contenían evidencias contundentes sobre las actividades delictivas de la pareja. De igual manera, encontraron videos y fotografías que documentaban la explotación de los niños, lo que permitió reforzar los cargos en su contra. Este descubrimiento es un paso fundamental para la búsqueda de justicia, ya que proporciona elementos clave para la judicialización de los implicados.
Posteriormente, las personas capturadas fueron dejadas a disposición de la Fiscalía General de la Nación, por los delitos de pornografía con personas menores de 18 años, actos sexuales con menores de 14 años y acceso carnal abusivo con menor de 14 años y un Juez de control de Garantías, profirió medida de aseguramiento privativa de la libertad para los dos capturados.