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La Dian duplicó su número de morosos

Sep 28, 2021

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DIARIO DEL HUILA, ECONOMÍA

Por: Rolando Monje  Gómez

El valor de las obligaciones en mora pasó de $ 4,4 en diciembre del 2019 a $ 10 billones en julio. De enero a agosto el recaudo bruto fue de 111,17 billones de pesos con un cumplimiento de meta del 103,3%. El número de deudores aumentó por la pandemia.

La Dian duplicó su lista de morosos con la pandemia. El número de personas y empresas que no pudieron pagar sus obligaciones tributarias y aumentó.

En julio 294.316 era el número de contribuyentes con obligaciones tributarias en mora, un 163 por ciento más que hace un año y medio. En conjunto el monto que le adeudan al fisco es más de 10 billones de pesos, lo que representa un incremento de 122%, en pesos aumentó 5,61 billones frente a lo que se le adeudaba a la Dian en diciembre del 2019, antes del covid-19.

Solo en el primer semestre del 2020, cuando fue el confinamiento más duro, el valor de las deudas se dobló al pasar de 4,4 billones a 9,2 billones de pesos. Igual ocurrió con los contribuyentes morosos, tanto empresas como personas, que aumentaron de 111.845 a 192.519 en solo seis meses.

El 74 por ciento del valor total de la cartera morosa, de alrededor de 10 billones de pesos, corresponde a personas jurídicas que adeudan unos $9,07 billones y el restante 26%, a personas naturales, alrededor de 930.318 millones de pesos.

Al parecer hay una razón legal que podría explicar un aumento en la morosidad. Esta es que antes de la Ley 1943 de 2018 (reforma tributaria), ratificada por la Ley 2010 de 2019, las retenciones sin pago total se consideraban ineficaces, es decir, el contribuyente era omiso, pero no moroso.

Después de expedida la norma, las declaraciones ineficaces se consideraron títulos ejecutivos, o deudas exigibles, así la Dian se ahorró todo un proceso administrativo para determinar la deuda y pasar directamente a su cobro.

De enero a agosto el recaudo bruto fue de 111,17 billones de pesos con un cumplimiento de meta del 103,3%. En comparación con enero – agosto de 2020, momento en el que se alcanzó un recaudo de $97,07 billones, se evidencia una variación positiva del 14.5%.

En lo corrido del año (enero – agosto), el 74.1% del recaudo correspondió a retención en la fuente a título de renta (34,5%), IVA (21,9%) y tributos aduaneros (17,7%).

Los tributos asociados a la actividad económica interna generaron un recaudo de $91,46 billones y una participación de 82.3%, por su parte, los impuestos asociados al comercio exterior: recaudaron $19,71 billones con una participación de 17.7%. Recaudo con TIDIS acumulado enero – agosto por valor de $5,51 billones que, al ser comparado con el mismo período de 2020, en el que el recaudo fue de $9,16 billones, representa una variación negativa de 39.8%.

Las cifras de agosto

A agosto, el recaudo bruto fue de 11,19 billones de pesos, con un cumplimiento de meta de 102,5%. En comparación con agosto de 2020, momento en el que se alcanzó un recaudo de $8,36 billones, se presenta una variación positiva de 33.9%.

El recaudo bruto correspondiente al mes agosto y discriminado por tipo de impuesto, es como sigue: Retención Renta $4.968.146 (44,4%), Aduanas $2.970.623 (26,5%) y Renta $1.123.752 (10,0%), para un total de $9.062.521 con una participación del 81,0%.

Por concepto de tributos asociados a la actividad económica interna el recaudo fue de $8,22 billones con una participación de 73.5%. Por su parte, los tributos asociados al comercio exterior, recaudaron $2,97 billones y una participación de 26.5%.

Por gestión de cobro, el recaudo d enero a agosto fue de 11,89 billones de pesos. Con corte a 15 de agosto de 2021 se ejecutaron acciones de control de omisos dirigidas a más de un millón de contribuyentes en diferentes impuestos y como resultado, se logró la presentación de 128.771 declaraciones de estos omisos y se generó un recaudo efectivo por $276.524 millones.

Adicionalmente, con corte a 27 de agosto, 199.406 contribuyentes nuevos identificados por declaraciones sugeridas presentaron su declaración y realizaron pagos por $17.717 millones.

Así mismo, en agosto se adelantaron acciones de cobro dirigidas a 22.754 contribuyentes con obligaciones pendientes de pago por valor de $4,22 billones. Entre enero y agosto de 2021 se adelantaron acciones de cobro dirigidas a 114.873 contribuyentes que, de manera acumulada, representan una cartera morosa equivalente a $25,94 billones.

En gestión efectiva por fiscalización se logró el recaudo de $6.38 billones, con un 78% de cumplimiento de la meta anual.

Entre otras acciones adelantadas se otorgaron 826 facilidades de pago por obligaciones en cuantía de $255.411 millones. Por concepto de impuesto de Industria y Comercio Consolidado ICAC se ha recaudado a 777 municipios que representan el 71% del total del país, el valor de $18.760 millones.

Para ponerse al día

La Dian realiza permanentemente campañas y acciones de cobro persuasivo a través de las jornadas ‘Al día con la Dian, le cumplo al país’ y la Coordinación de Control Extensivo de Obligaciones, en donde se invita a los deudores a suscribir un acuerdo de pago que les permita solucionar la morosidad, y así lograr que todos estos contribuyentes cumplan con el pago de los impuestos.

El paso siguiente es llamar a los contribuyentes, se les envían cartas, se les manda correos electrónicos y mensajes para poder localizarlos. Todo para ofrecerles facilidades de pago y que cumplan con sus obligaciones. Sin embargo, si no se logra, como última opción está adelantar un proceso de cobro coactivo en el que se les embargan sus bienes para un posterior remate.

Finalmente, en la reforma tributaria que se aprobó recientemente se estipularon una serie de beneficios y alivios adicionales para los contribuyentes que tengan deudas pendientes con la Dian, cuatro mecanismos transitorios, dirigidos a los que tienen procesos en curso en sede administrativa o judicial, en proceso de cobro coactivo o a aquellos que se encuentran en mora y cuya situación ha sido causada o agravada como consecuencia de la pandemia generada por el covid-19.

Se introdujo un mecanismo que solo será aplicable hasta el 31 de diciembre de 2021 y que permite a los contribuyentes que se encuentran en mora a consecuencia del covid-19 por obligaciones al 30 de junio de 2021, realizar el pago de las sanciones actualizadas. Estas podrán ser reducidas al 20 por ciento de su valor inicial, y de los intereses moratorios, tomando para el cálculo la tasa de interés diario equivalente al 20 por ciento de la tasa bancaria corriente para la modalidad de crédito de consumo y ordinario.

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