Diario del Huila

“Las órdenes” de los jueces

Ene 16, 2021

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La Constitución Nacional garantiza las protestas pacíficas. Lo que es desconcertante es la expedición por parte del gobierno nacional de un decreto mediante el cual regula o reglamenta su ejercicio, atendiendo una “orden” de un juez, mediante una tutela. Se desconocen allí los derechos y libertades más elementales de los demás ciudadanos, protegiendo insólitamente únicamente los derechos de quienes protestan, por lo general, en forma no pacífica.

Los jueces están “usurpando” funciones de las otras ramas del poder público, restringiendo en este caso el uso de la fuerza cuando así se requiera. Es al Presidente de la República a quien le corresponde dirigir la fuerza pública y conservar el orden público donde fuere turbado.

El país debiera estar ocupado del análisis de este decreto, y no solamente en la fecha en que se inicia la vacunación contra el Covid 19. De allí la importancia de una entrevista concedida esta semana por Rafael Nieto Loaiza al ex ministro Fernando Londoño Hoyos en donde expuso brillantemente su opinión sobre el tema, la cual compartimos plenamente, haciendo serios reparos al mencionado decreto, producto de los lineamientos de la comisión ordenada por la tutela donde solo faltaron representantes de los “vándalos” y de los “encapuchados”.

Los tratados internacionales de derechos humanos que tratan del derecho a la reunión de las personas exponen con claridad sus limitaciones, sujetas a la ley y a las necesarias en toda sociedad democrática.

El citado decreto prohíbe el porte y uso de armas letales, como debe ser, por parte del ESMAD y solamente permite el uso de la fuerza como último recurso, cuando debería ser el primero, como ocurre en todo Estado de Derecho con los escuadrones antidisturbios. Solamente se permite la respuesta policial con previo aviso y se establecen mesas de diálogo y de concertación, puestos de mando, comisiones de verificación, control del ministerio público y otras. Las autoridades solo podrán sugerir puntos de encuentro.

¿En qué quedan la protección a los derechos y libertades de los demás ciudadanos y de la vida y la integridad de los miembros de la Policía Nacional.

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