DIARIO DEL HUILA, CONTEXTO
Por: Amaury Machado Rueda
Fotografías: Suministradas
Con la nueva Ley del SOAT aprobada en el Congreso, se amplió el plazo de renovación de las licencias de conducción, a los ciudadanos a quienes se les vencía en enero de 2022 tendrán dos años más para realizar el trámite. Conozca lo que debe saber al respecto para 2022.
Tras aprobarse la Ley 2161 en el Congreso de Colombia, las personas a quienes se les vencía la licencia de conducción entre el primero y el 31 de enero de 2022, podrán hacer la renovación de este documento con un plazo máximo de dos años más. Es decir, podrán hacerlo hasta el 31 de diciembre de 2023, de acuerdo con el Ministerio de Transporte.
Lo que da tranquilidad a cerca de 4 millones de colombianos a los que se les vencía la licencia de conducción en enero de 2022, porque ahora cuentan con más tiempo para hacer la renovación.
El texto aprobado esta semana en conciliación, indica que se suspenderán los términos del vencimiento de las licencias de conducción que fueron expedidas en 2012, cuando hubo cambio en la normativa. En ese entonces, por medio del Decreto Ley 019 conocido en su momento como ley antitrámites, el gobierno de Juan Manuel Santos estableció que estos documentos tendrían una vigencia de 10 años para conductores menores de 60 años. Ese plazo se cumpliría el 10 de enero del 2022.
Y es que, todo derivó en que hacia el 2010, en Colombia existían cinco formatos de licencias de conducción. Para quienes ya los olvidaron, estos eran: con foto en blanco y negro; gris con y sin código de barras; con foto en color y una barra amarilla en la parte alta; y otra de fondo amarillo, foto en color y hologramas y una de fondo claro, casi blanco con foto en color, código de barras, hologramas y huella digital.
Para poner fin a ese caos que rigió por años, el Gobierno acabó con todos esos formatos y creó el actual, para lo cual, en ese entonces se les dio un plazo de dos años a los conductores para renovar las licencias. Resuelto el formato único para la licencia, se unificó la vigencia de los ‘pases’, como se conoce hasta ahora.
Sin embargo, esto venía generando traumatismo en la actual administración, ya que suponía que aproximadamente 3,8 millones de personas debían renovar su ‘pase’ entre el 1 y el 31 de enero del 2022, pero eran pocos los que habían realizado el trámite. Incluso la semana anterior la ministra de Transporte, Ángela María Orozco mencionó que habían iniciado una campaña de comunicación, aunque era imposible lograrlo porque en el país hay 58 centros de reconocimiento y “logísticamente no es viable”.
Añadió que desde el Congreso propusieron la ampliación del plazo, que también les permitirá a las personas conseguir los recursos, puesto que los exámenes a realizar en la renovación cuestan aproximadamente $300.000.
Finalmente, el Legislativo le dio vía libre a este cambio, que permitirá que los ciudadanos tengan un plazo adicional de dos años para renovar su licencia.
Sí deben renovarla
Pero atención, el Ministerio indica además que, las licencias que venzan a partir del primero de febrero de 2022, sí deberán renovarse conforme con la fecha de vencimiento que aparece en el documento.
Vale recordar que esta es una exigencia legal que permite la entrega al usuario del documento público expedido por la autoridad competente, el cual es personal e intransferible, y faculta para conducir vehículos en todo el territorio nacional.
Recuerde también que actualmente la multa por conducir con una licencia suspendida o cancelada asciende a 238.080 pesos. De igual manera, una licencia de conducción adulterada da lugar a la inmovilización inmediata del vehículo y una multa de 438.900 pesos.
Por eso, la recomendación del Ministerio es a no dejar el trámite para última hora y renovarla lo más antes posible. “Gracias a esta Ley, las personas contarán con un tiempo adicional para expedir su licencia ante los organismos de tránsito. La invitación es no esperar hasta última hora para renovar este documento”, dijo la ministra de Transporte, Ángela María Orozco.
Para la renovación de la licencia, los ciudadanos no deberán volver a hacer el curso de conducción, pero sí tendrán que realizar nuevamente exámenes de aptitud que certifiquen que cuenta con las capacidades para conducir. Estos serán expedidos por los Centros de Reconocimiento de Conductores avalados por el Ministerio de Transporte.
Tenga en cuenta que si bien la ley modificó las fechas para esta ocasión, se mantiene en firme la norma que dice que los conductores de servicio particular deberán renovar sus ‘pases’ cada 10 años si se tiene menos de 60 años. En tanto, si el ciudadano tiene entre 60 y 80 años, el proceso debe realizarse cada cinco años, y para mayores de 80 años, debe hacerse anualmente. En el caso de la licencia para servicio público, la renovación es cada tres años.
Estas son otras de las inquietudes más frecuentes de los ciudadanos frente a la renovación de las licencias de conducción:
¿Dónde se puede consultar la fecha de vencimiento de la licencia?
Para las licencias expedidas después del 2010, se puede consultar su vencimiento en el documento o a través del Registro Único Nacional de Tránsito (Runt), ingresando a www.runt.com.co/ciudadano/consulta-documento
¿Cuáles son los requisitos para renovar mi licencia de conducción?
– Contar con el documento de identidad original.
– No contar con comparendos de tránsito, lo cual puede validar en la plataforma virtual SIMIT.
– Acercarse a un Centro de Reconocimiento de Conductores (CRC) y agendar una cita para realizarse los exámenes físico-mental y de coordinación motriz para conducir.
– Pagar el valor de los exámenes.
– Al momento de cumplir la cita debe llevar consigo el documento de identidad original y contar con mínimo una hora de disponibilidad.
– Al terminar este proceso la información quedará cargada automáticamente en la plataforma Runt.
– Agendar una cita previa en el organismo de tránsito de su ciudad o municipio para renovar su licencia de conducción.
– Pagar los valores estipulados.
¿Dónde se realiza el trámite de renovación de licencias de conducción?
Este proceso debe hacerse personalmente ante los organismos de tránsito de cada ciudad o municipio. No requiere intermediarios.
¿Hay límite de edad para renovar la licencia de conducción?
No. Siempre y cuando se haga en los periodos establecidos en la Ley 769 de 2002.
¿Para los exámenes físico-mentales se requiere alguna preparación previa?
No. Simplemente acercarse en la fecha estipulada con su documento de identidad. No debe asistir en estado de embriaguez o con síntomas y/o sospecha de Covid-19.
Si no puede cumplir la cita en el centro de reconocimiento o en el organismo de tránsito, ¿puede ser multado?
No. Simplemente, se debe volver a agendar la cita, de acuerdo con la disponibilidad del Centro de Reconocimiento de Conductores (en el caso de los exámenes) y el organismo de tránsito.
¿Cuánto cuestan expedir el documento?
La tarifa varía según el centro de reconocimiento en que se realicen los exámenes, pero también del organismo de tránsito en donde se tramite. Sobre el primer punto, los valores oscilan entre $75.000 y $200.000. Mientras que en el segundo pueden llegar a $85.900 para carros y $145.500 para motos. Así las cosas, en promedio, los colombianos deben destinar entre $250.000 y $300.000 para todo el trámite.
¿Lo pueden multar si no ha renovado la licencia de conducción?
Puede ser multado, siempre y cuando conduzca un vehículo sin llevar consigo la licencia, si esta se encuentra vencida, la presente adulterada o ajena y por no haberla obtenido en ningún momento.
¿Si es ciudadano extranjero y está en Colombia de turismo o en tránsito, puede conducir con la licencia del lugar origen?
Las licencias expedidas en otro país, que están vigentes y son utilizadas por turistas o personas en tránsito, son válidas y admitidas para conducir en Colombia durante la permanencia autorizada a su titular. Si transcurrido el periodo, que son seis meses, el extranjero prolonga su permanencia, deberá solicitar su licencia de conducción bajo la modalidad de primera vez.