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Retirar cualquier barrera de protección sexual acordada sería un delito

Ene 21, 2023

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El proyecto de ley que busca que se agregue al código penal un artículo que se denomina ‘abuso de la confianza sexual’ en el cual se tipifique como delito el hecho de retirarse cualquier tipo de barrera de protección sexual que se haya acordado al inicio del coito, generó polémica por la relación que tendría con la decisión del Ministerio de Salud y Protección Social de despenalizar el aborto hasta la semana 24 de gestación en menores de 14 años.

DIARIO DEL HUILA, PRIMER PLANO

Por: Johan Eduardo Rojas López

Esta semana se conoció que el Ministerio de Salud y Protección Social dejó en firme la decisión de despenalizar el aborto hasta la semana 24 de gestación, al adoptar la reglamentación necesaria para la garantía de este derecho, que incluye a las niñas y jóvenes. En la normativa se garantiza que, de ahora en adelante, que las personas gestantes menores de 14 años pueden interrumpir voluntariamente su embarazo sin requerir la autorización de sus padres o tutores legales

Esto nuevamente revivió la polémica que surgió el año pasado por un proyecto de ley que busca que se agregue al código penal un artículo que se denomina ‘abuso de la confianza sexual’ en el cual se tipifique como delito el hecho de retirarse cualquier tipo de barrera de protección sexual que se haya acordado al inicio del coito. En el mes de noviembre la Comisión Primera de la Cámara de Representantes aprobó el proyecto que busca que lo anterior se tipifique como acoso sexual.

El proyecto de ley deja la posibilidad de que se hagan campañas educativas al respecto.

«Adiciónese el artículo 210-B a la Ley 599 de 2000, el cual quedará así: Artículo 210-B. Abuso de la confianza sexual. El que, durante la relación sexual, sin violencia o intimidación y sin que medie consentimiento, realice actos que atenten contra la libertad sexual, incluyendo el retiro de la barrera de protección sexual, incurrirá en prisión de dos (2) a cuatro (4) años», se lee en la ponencia.

El documento señala, además que, los medios de comunicación podrán crear campañas de difusión para generar conciencia sobre el carácter delictivo de la práctica a la que hace referencia la presente ley y educar sobre los mecanismos de denuncia y reparación. Este sería un mecanismo, una herramienta para los jueces. Pero, sobre todo, para aquellas víctimas que no tienen cómo defenderse y cómo denunciar este abuso que hoy en día se ha vuelto una práctica recurrente. También, el alcance de este proyecto de ley tiene que ver con lo económico, ya que se podría imponer multas monetarias a favor económicamente de la víctima de esta práctica sexual.

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Julián Peinado, representante a la Cámara y autor de la iniciativa, detalló que, «el legislador quiere sancionar aquellas conductas que sean abusivas de la confianza sexual. Esta conducta será sancionada en nuestro país de manera penal. En otros países han avanzado de manera diferente y han detectado que esto puede ser una especie de violación. El tema es que, en Colombia, la violación depende del acceso carnal violento. En estas circunstancias no existe dicho hecho, por lo que es muy difícil sancionarla».

Relación entre el aborto y el proyecto de ley

Erika Saldarriaga González, médico activista por los Derechos Sexuales y Reproductivos, perteneciente a la Red Huilense de Defensa y Acompañamiento en DSR – RHUDA, determinó que, es importante recordar que desde la sentencia 355 del 2006 que despenalizó el aborto bajo tres causales y una de ella incluía el tema de abuso sexual. Sin embargo, con la sentencia 055 del 2022 se amplió para que se pueda solicitar de manera libre hasta la semana 24.

Más del 90% de los casos de violencia sexual se quedan en la etapa de denuncias y solamente entre el 1% o 2% terminan en condenas.

“Entonces el hecho de que exista un claro reconcomiendo no solo jurídico y judicial, sino también social, de que esta conducta que señala el proyecto de ley es un tipo de violencia sexual abre la posibilidad para que las víctimas que por alguna razón no pudieron acceder al procedimiento entes de la semana 24 puedan acceder a través de la causal de violencia sexual dado se seguiría ciñendo por las causales determinadas previamente por la Corte Constitucional”, manifestó.

¿El proyecto de ley aumentaría los embarazos y abortos?

Ahora bien, frente a ese interrogante, Saldarriaga González especificó que,  es muy difícil cuantificar o medir esto dado que muchas de las mujeres que acceden abortos relacionados con algún tipo de violencia sexual muchas veces no necesariamente van a expresar que el embarazo fue producto de esta situación y es que son situaciones en muchos casos traumáticas en donde las mujeres no se sienten con la confianza de denunciar pensando en toda la repercusión y juicioso social que recae sobre las víctimas.

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“No es algo que se está midiendo, por tanto, no se sabe si disminuirá, pero lo que si es cierto es que al poner una vez más la mirada en los casos de abuso sexual, pues esperamos que estas campañas de comunicaron que promueve el proyecto de ley también tengan en cuenta los demás derechos sexuales y reproductivos, además, eso podría tener un impacto en la violencia sexual y, desde luego, podría abrir una brecha para que las mujeres tengan mayor información”, aseguró la activista.

Argumentó, bajo esa lógica que, le parece que este proyecto de ley es muy viable y sobre todo muy pertinente porque en el momento en que una persona con su autonomía decide tener algún tipo de relación sexual, ese consentimiento debe ser respetado y si la otra persona opta por hacer lo contrario, ya ahí se está transgrediendo su decisión.

Agregó entonces que, “en el momento en el que esa decisión no es respetada no solo se tiene el riesgo de un embarazo no deseado, sino, además, se corre el riesgo de contraer una serie de enfermedades y, por eso, se debe catalogar como violencia sexual. El reto más allá del delito será como desde los juzgados se determinará que realmente si se esté incurriendo en el delito teniendo en cuenta un enfoque de género en la evolución de las pruebas que se puedan presentar”.

Es necesaria la educación sexual.

Se estima que más del 90% de los casos de violencia sexual se quedan en la etapa de denuncias y solamente entre el 1% o 2% terminan en condenas, incluso, en los casos que involucran niñas, niños y adolescentes. En ese sentido, si no se pasa a la acción en instancia jurídicas y sociales, además, de no generarse los mecanismos para que realmente los procesos lleguen a términos, será muy difícil que las víctimas denuncien y, por eso, el proyecto de ley deja la posibilidad de que se hagan campañas educativas al respecto. Lo anterior, resulta muy importante para que se difunda el nuevo delito.

“La mera existencia de un delito no genera cambios sociales significativos sino van acompañados de una concienciación del aparato judicial y educación sexual integral de calidad. Si se aprueba habría que ponerle la lupa a como se generara su implementación para que realmente sea una acción que genere un impacto y no quede como un delito más de los tantos que tenemos tipificados y que finalmente no son efectivos en las condenas”, concluyó.

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