POR: Jorge Eliseo Cabrera Caicedo
Unas de las inteligencias más lúcidas de Colombia, como son Jorge Fernando Isaza, Juan Carlos Echeverry, y Juan Lozano, han expresado en estos días importantes cuestionamientos a la pretendida Reforma Tributaria del actual gobierno.
Veamos: JOSE FERNANDO ISAZA, con cifras en la mano, asegura que serán gravadas las pensiones superiores a $ 5´232.850 y no a partir de 10 millones como lo afirman los funcionarios del gobierno. Considera: “Es contrario a la lógica y al buen sentido de la interpretación racional de la norma Constitucional y sentencias de la Corte pretender que el pensionado reciba un menor valor por efecto de los impuestos propuestos sin que se viole el principio de la Ley de Leyes”.
JUAN CARLOS ECHEVERRY hace una inteligente crítica a la política ANTI-MINERIA del gobierno nacional y afirma categóricamente que “Para vivir y sobrevivir se necesita de forma esencial e insustituible a la minería”. Sostiene igualmente: “La tributaria nos acerca a la inviabilidad del petróleo, el gas, el carbón y el oro que sí producimos y que el mundo demanda ávidamente”. Informa que mientras la Comisión Europea decidió recientemente que las generadoras a base de gas son consideradas “energía verde”, y como inversiones sostenibles, en Colombia prevalece ahora el sesgo anti-gas. Manifiesta que Australia, Noruega, Canadá, China, Estados Unidos, Arabia Saudita, Rusia, y en la región, Brasil, México, Chile, Bolivia, y el resto del mundo seguirían con su extractivismo, solo Colombia, sin ningún impacto visible a nivel mundial pretende lo contrario.
JUAN LOZANO considera que el gravamen a las pensiones sería un ATRACO. Dice: “Es tan violatorio de la Constitución nacional decidir que el Estado no pague las pensiones, lo que equivaldría, a que el Estado Ladrón les robe las pensiones a quienes se las han reconocido porque cumplieran con todas las exigencias que el Estado les impuso, como violatorio de la Constitución es quitarles parte de esa pensión por la vía de los impuestos”.
En efecto, la Ley ha establecido, con razón, que solo es contribuyente aquella persona que realice un hecho generador de los tributos en virtud de estar en desarrollo de actividades económicas. Los pensionados, a lo largo de su vida laboral realizaron loa aportes requeridos para obtener su pensión.