Las empresas deben establecer controles internos para que dicha actividad no se desarrolle y, a su vez, las terminales de transporte deben mantener vigilancia permanente para evitarlo.
La Superintendencia de Transporte señaló que: “el pregoneo es una práctica que fomenta la informalidad en el sector, atenta contra la libertad de empresa, limita el libre acceso al servicio de transporte por parte de los usuarios y afecta la seguridad de los viajeros. Por lo tanto, las empresas deben establecer controles internos para que dicha actividad no se desarrolle y, a su vez, las terminales de transporte deben mantener vigilancia permanente para evitarlo.
En el país ya se abrió investigación y formuló cargos en contra de la Terminal de Transportes de Popayán por presuntamente permitir que en sus instalaciones se realice el pregoneo de servicios por parte de empresas transportadoras, práctica prohibida por el Decreto 1079/15. Es la primera vez que se abre investigación en contra de una terminal de transporte por esta situación.
Las empresas y/o terminales de transporte que sean encontradas responsables tanto de realizar pregoneo o permitirlo, podrán ser multadas por la SuperTransporte hasta con 700 salarios mínimos mensuales vigentes.
El pregoneo se refiere específicamente a realizar publicidad informal para que el usuario, debido al ejercicio de una presión indebida, tome el servicio de transporte de manera inducida, sin respetar su libre albedrio.