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Vicios de forma tumbarían creación de Minciencias

Feb 23, 2021

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DIARIO DEL HUILA, CONTEXTO

Por: Rolando Monje Gómez

El próximo jueves la Corte Constitucional, en su Sala Plena, tiene previsto tomar una decisión frente a una demanda que pide tumbar en su totalidad la Ley 1951 de 2019, que le dio vida jurídica al Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación.

El alegato de los accionantes se basa en que, durante el trámite de la iniciativa, que dio lugar a la expedición de esa norma, se presentó un vicio de forma, pues al parecer el proyecto no tuvo iniciativa del Gobierno Nacional ni contó con el aval del mismo, por lo que se produjo un vicio sustancial en el trámite al no incluir dentro de esta ley la estructura orgánica de la nueva entidad.

La Sala Plena de la Corte Constitucional, con ponencia presentada por el presidente del alto tribunal, el magistrado Antonio José Lizarazo, se dictará sentencia, ya sea dejando en firme la ley o por el contrario declarándola inexequible, si se encuentra que efectivamente se configuraron vicios en su trámite.

El magistrado Lizarazo fue viceministro de Educación durante el gobierno de César Gaviria, y ahora por cosas del destino debe pronunciarse sobre este Ministerio, que según los objetivos que lo inspiraron, será clave en el desarrollo de la ciencia, la tecnología y la innovación en el país.

Los liberales, el senador Iván Darío Agudelo Zapata, y el representante a la Cámara por Antioquia, John Jairo Roldán Avendaño, radicaron el proyecto de ley Número 111/17 Cámara, 250/18 Senado, el 23 de agosto de 2017 y el informe de conciliación fue aprobado por las plenarias de Senado y Cámara el 18 de diciembre de 2018. El 24 de enero de 2019 el presidente Iván Duque sancionó la respectiva Ley 1951 por la cual fue creado el Ministerio.

La demanda de la Comisión Colombiana de Juristas asegura que la Ley 1951 de 2019 es inconstitucional porque la creación de ministerios es de iniciativa exclusiva del Gobierno y esa norma fue el resultado de una iniciativa que presentó un congresista, sin aval gubernamental, y no uno de los ministros del gabinete: “En consecuencia, sobre toda la ley se configura un vicio de procedimiento por lo que la norma debe ser retirada del ordenamiento jurídico”.

En su escrito, los demandantes argumentan que, si bien corresponde al Congreso expedir las leyes que determinan la estructura de la administración nacional y crear, suprimir o fusionar Ministerios, Departamentos Administrativos y otras entidades del orden nacional, la iniciativa de estas corresponde exclusivamente al Gobierno nacional.

“La Ley 1951 de 2019, después de un análisis de su trámite, incumplió tal requisito en tanto el proyecto que le dio origen no fue radicado por el presidente ni por ninguno de sus ministros, ni tampoco se extendió sobre este un aval gubernamental”, señalan.

“Cerrado el trámite legislativo y después de un análisis de cada una de sus etapas, resulta evidente que el requisito constitucional de iniciativa gubernamental fue obviado por parte del legislador, en tanto el proyecto no fue radicado por el Gobierno ni se coadyuvó efectivamente por ninguno de sus representantes (Ministros o Directores de Departamento Administrativo), a la luz de los medios que presenta la ley y la jurisprudencia constitucional para ese fin. Debe resaltarse que incluso dentro del trámite se hizo mención específica a la esterilidad del proyecto sin la anuencia del ejecutivo y se concluyó el trámite sin esta”, dice la demanda.

El segundo cargo de los demandantes acusa la violación del numeral 7 del artículo 150 de la Constitución. Para el efecto señalan que el Congreso no incluyó dentro de la Ley la estructura orgánica del Ministerio que creaba. “En ningún artículo ni apartado del cuerpo de la Ley se identifica ninguna disposición que indique la composición del Ministerio, ni el número de direcciones, secretarías o despachos que la integran, ni su titularidad”, entre otros.

El senador Agudelo explicó que lo que se hizo fue transformar Colciencias en el Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación a través de la reestructuración. “Por lo tanto, no era posible que la Ley 1951 de 2019 determinara una estructura concretamente, lo hizo de manera implícita”.

Mabel Gisela Torres Torres fue designada como la primera Ministra de Ciencia, Tecnología e Innovación.

Mabel Gisela Torres Torres fue designada como la primera Ministra de Ciencia, Tecnología e Innovación.

Presupuesto

De otro lado, la Comisión Colombiana de Juristas demandó una parte del artículo tercero de esa Ley que afirma que, para iniciar su labor, el Ministerio no debe generar gastos adicionales a los que tenga para ese momento presupuestados Colciencias. En su criterio, el deber de promover el acceso a la enseñanza científica y de incentivar su producción no puede estar limitado en materia presupuestal.

“Esta inflexibilidad presupuestaria, si bien se enmarca en una política de austeridad adelantada por el Gobierno que constituye un eje transversal de su administración, no aguanta un juicio de proporcionalidad, racionalidad y estricta necesidad, en cuanto resulta evidente que existen mejores mecanismos para organizar y restringir los gastos que una regla de carácter absoluto que no permita sobrepasar los límites presupuestarios de Colciencias. En el fondo, esta medida constituye un obstáculo para el desarrollo de fines constitucionalmente valiosos y puede incluso llegar a truncarlos”, agrega la CCJ.

Antecedentes

El proyecto de ley fue acompañado desde el principio por la Academia Colombiana de Ciencias Exactas, Físicas y Naturales, que, en enero de 2019, generó un documento llamado ‘Manifiesto de la Ciencia’, en el que 31 científicos de todo el país de diversas disciplinas hicieron un diagnóstico de la ciencia en el país y propusieron soluciones para impulsarla. Una de sus principales críticas era la falta “de un verdadero sistema y de una política nacional de ciencia, tecnología e innovación (CTI) que incluya a todos los actores y establezca mecanismos de coherencia entre la política educativa, la industrial, y la de ciencia y tecnología”.

De acuerdo con el articulado, el Ministerio debe dictar los lineamientos de la política pública de Ciencia, Tecnología e Innovación; establecer estrategias de transferencia y apropiación Social de la Ciencia, la Tecnología, la Innovación y el Emprendimiento «para la consolidación de una sociedad basada en el Conocimiento»: así como impulsar el desarrollo de la nación.

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