Para el Ministerio Público, no obstante, que el presunto homicida evidenciaba interés por el cuidado y atención de su hijo y en ejercer su custodia; mostrándose como buen padre, y de no advertirse o manifestarse por la madre riesgo de violencia hacia el niño, por lo cual se ratificaron por la autoridad administrativa las visitas acordadas por los padres, debieron explorarse las dinámicas familiares, la existencia de otras medidas de restablecimiento de derechos y de protección en favor del núcleo familiar y explorar las posibles afectaciones por los hechos de violencia psicológica referida por la víctima, es decir, con la madre del niño, que permitieran prever un comportamiento violento, agresivo o criminal del padre hacia su hijo o si este ejercía algún tipo de manipulación del niño, para afectar a la progenitora.
El informe remitido por reparto a las procuradurías distritales de instrucción de Bogotá por parte de la Procuraduría Delegada con Funciones Mixtas para la Defensa de los Derechos de la Infancia, la Adolescencia, la Familia y la Mujer, se elaboró a partir de la respuesta entregada por la directora Regional Bogotá del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF), en relación con la existencia y trámite impartido al proceso administrativo de restablecimiento de derechos del menor de edad.
Igualmente, la respuesta de la Comisaría de Familia 1 de Usme, sobre las medidas adoptadas en el proceso por violencia intrafamiliar que allí cursaba en favor de la madre del niño y visita practicada por el Procurador Judicial a quien le fuera asignada agencia especial