Álvaro Hernando Cardona González
A finales del pasado mes de octubre, la Procuraduría General de la Nación, por medio de la Procuraduría delegada Ambiental, exhortó al Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible adoptar las acciones que permitan dar celeridad en la delimitación de los ecosistemas de páramos para evitar mayores impactos ambientales. El Ministerio Público, se vio en la necesidad de hacer la recomendación al Gobierno, en la lógica virtud de que cada día que pasa, sin que se delimiten los páramos el riesgo de invasión, ocupación, y daño de estos importantísimos ecosistemas estratégicos.
La Procuraduría le pidió al Ministerio de Ambiente que cumpla órdenes judiciales, contenidas en acciones populares y tutelas, en las que, en nuestra opinión, lamentablemente se ordenó rehacer las delimitaciones de estos ecosistemas que ya había realizado el Instituto de Investigación de Recursos Biológicos Alexander Von Humboldt. Una delimitación técnica ahora debe ser debatida, con comunidades que, en su mayoría, no tienen cómo aportar, en ese ámbito a la identificación y alinderamiento de un espacio biótico y abiótico con especialísimas características.
Con toda razón se advirtió que postergar este deber, puede estar poniendo en riesgo, entre otras cosas, el agua potable de 104 municipios y 16 capitales de departamentos de Colombia. Aspecto que resalta esta necesidad como prioridad.
La Procuraduría argumentó ampliamente entonces, la urgencia en la delimitación de los páramos, ecosistemas, y demás entornos que abastecen de agua potable a gran parte del territorio nacional, afectando a gran parte de la fauna y flora de la Nación y, como si poco fuera, seguramente vulnerando derechos humanos y fundamentales de millones de colombianos. Estos argumentos, están encabezados por el de que corresponde al Ministerio atender lo dispuesto en la sentencia de la Corte Constitucional T-361 del año 2017.
La importancia de la delimitación radica en que es el punto de partida para identificar las amenazas antrópicas, definir los planes de manejo de los páramos, precisar las acciones de conversión de actividades económicas dentro de estas áreas o la adquisición de predios de dominio público (incluso la reubicación de ocupantes de predios baldíos-reforma agraria) y, excluir definitivamente actividades como la minería, prohibida allí, todo tan necesario para la conservación del agua para consumo humano y aprovechamiento agropecuario.
En el año 2018, publicamos un artículo titulado “Baldíos desde la perspectiva de patrimonio nacional y la eficaz protección ambiental” en el que planteamos estas problemáticas. Sostuvimos que los páramos, junto a otros ecosistemas, son el patrimonio natural más valioso de Colombia; debemos los colombianos actuar en consecuencia.