Mediante el decreto 2589 del 23 de diciembre del 2022, el Gobierno Nacional estableció las condiciones y características del arancel ad valorem del 40% a la importación de confecciones, específicamente las correspondientes a los capítulos 61 y 62, definidos por la Organización Mundial del Comercio (OMC).
La aplicación del gravamen será para las confecciones y prendas procedentes de los países con los que Colombia no tiene acuerdos comerciales vigentes y cuando el precio FOB declarado sea inferior o igual a diez (10) dólares estadounidenses por kilogramo bruto. Las prendas que quedarán cobijadas con este arancel son, entre otros, los trajes, overoles, abrigos, chaquetas, pantalones, vestidos, faldas, faldas pantalón, ropa para bebés y camisas, cuyo material sea de lana, algodón o fibras sintéticas que cumplan con las condiciones anteriormente señaladas.
Esta medida también fija un arancel del 15 % a las importaciones de cualquier origen de nación más favorecida (NMF), de los productos clasificados en los capítulos 61 y 62 del Arancel de Aduanas Nacional, cuando el precio FOB declarado sea superior a diez (10) dólares de los Estados Unidos por kilogramo bruto. Según lo explica el decreto, los aranceles establecidos en el artículo no serán aplicables a aquellas importaciones de mercancías que se encuentren efectivamente embarcadas hacia Colombia con anterioridad a la fecha de entrada en vigencia de este Decreto. Esta medida busca impulsar la industria nacional y frenar el contrabando.
Finalmente, el ministro de Comercio, Industria y Turismo, Germán Umaña Mendoza, tras la publicación oficial del decreto, manifestó que, “Esta no solo es una de las promesas del presidente Gustavo Petro, que estamos cumpliendo, sino además se hacía necesario impulsar un equilibrio en el comercio internacional, una mayor generación de valor agregado, de competitividad, un impulso al empleo, en especial para las mujeres, y a la productividad de la industria nacional de confecciones”