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Condenan al Departamento por accidente en colegio de Garzón

Ene 20, 2023

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La negligencia en un laboratorio de química terminó generando un accidente con estudiantes. A $50 millones asciende la condena por daños morales y materiales.

DIARIO DEL HUILA, INVESTIGACIÓN  

Por: Carlos Andrés Pérez Trujillo

El Tribunal Administrativo de Huila acaba de condenar al Departamento del Huila por los daños causados a la estudiante María del Carmen Alvarado Mejía. Un descuido y falla en el servicio fue el caldo de cultivo para generarle una lesión a una alumna de la institución educativa Simón Bolívar de Garzón.  

Los hechos ocurrieron el 31 de mayo de 2011, según se relata en el expediente: en clase de Química con la docente Martha Mazorra, se efectuó una práctica de laboratorio con los estudiantes del Grado             Once (…) Conforme las instrucciones entregadas por la docente, realizaron la manipulación de ácido nítrico y cobre, elementos químicos, que al tener contacto causaron una reacción explosiva, situación que se repitió en varios grupos de trabajo ese día, expulsando residuos de estos elementos químicos  sobre algunos de los estudiantes”.

Los daños no parecían graves, sin embargo, la estudiante Alvarado Mejía resultó con daños a nivel del ojo, cara, tórax y miembro superior derecho. “Ante la ocurrencia del accidente, la docente que dirigía el laboratorio aconsejó a la joven Alvarado Mejía, se lavara con abundante agua las zonas afectadas, pero posterior a esto nunca la dirigió a la enfermería del colegio, ni prestó ningún tipo de atención médica a estas, por el contrario, fue llevada personalmente por la profesora Mazorra a su casa, en donde una familiar la llevo al llll lllHospital San Vicente de Paul E.S.E de Garzón Huila”.

Una vez en el centro de salud, le diagnosticaron quemadura con ácido. Posteriormente lo remitieron al Hospital Universitario Hernando Moncaleano de Neiva. Allí le formularon un tratamiento para la herida de tórax.

“Pese a la atención prestada en las E.S.E., la joven quedó con una cicatriz en su pecho de 15 cms de largo por 8 cms de ancho, lo cual le ha generado complejos y traumas psicológicos derivados de su corta edad, bajando de esta forma su autoestima considerablemente, ya que ante las miradas de personas curiosas y en ocasiones mal intencionadas con su comentarios, ocasionaron que en el primer año luego del accidente, evita tener contacto con la sociedad, por cuanto se sentía observada y criticada por las personas y en algunas otras ocasiones fue objeto de burlas y mofa entre las personas”, señalan en el escrito de demanda.

La primera condena

La primera decisión la profirió el Juzgado Quinto Administrativo del Circuito Judicial de Neiva. El Departamento del Huila (secretaría de Educación), cuando tuvieron que comparecer advirtieron que no había un nexo causal entre el daño y la institución demandada “ya que esa institución desplegó todas las medidas de seguridad necesarias para proteger la integridad de la alumna”, por otro lado, señaló: “que el comportamiento imprudente de los jóvenes que manipulaban las sustancias químicas, desobedecieron las instrucciones verbales y de la guía que entregó la docente, al invertir los elementos, con lo que se produjo la explosión, que terminó afectando a la joven demandante”.

Por su parte la profesora Lucía Mazorra Díaz en su comparecencia ante el juzgado, dijo que dentro del expediente está probado que ella tomó las medidas     de precaución para evitar la ocurrencia de los hechos, ya que antes de realizar la actividad en el laboratorio, entregó a cada uno de sus alumnos, la   correspondiente guía donde se explicaba la forma como se adelantaría el experimento, y además exigió los elementos de protección con los que no contaba la institución.

En este sentido, el juzgado de primera instancia terminó responsabilizando al Departamento por los perjuicios causados a la estudiante Alvarado Mejía, así, condenó al pago de $30 millones por perjuicios morales y $24 millones por daños a la salud.

“… si bien no existen elementos para considerar que haya ocurrido una falla del servicio, porque el material suministrado a los alumnos del grado 1103 no fue defectuoso, ni se presentó un descuido por parte de la docente a cargo de la actividad, lo cierto es que bajo el régimen objetivo de responsabilidad, la autoridad pública que administra el servicio de educación es la que debe asumir la responsabilidad frente a la integridad de los educandos, a pesar de que no se observa que hubiera infringido la conducta de vigilancia frente a los alumnos, pues de suyo se pudo comprobar que la docente estuvo presente en  el desarrollo de la práctica del laboratorio”.

“En este particular, es preciso clarificar que existe un deber de cuidado que surge de la relación de subordinación existente entre el docente y el alumno, pues el primero, debido a la posición dominante que ostenta en razón de su autoridad, tiene no sólo el compromiso sino la responsabilidad de impedir que el segundo actúe de una forma imprudente y que pueda resultar afectado en su integridad.”

Siguió la controversia

Tras la primera decisión desfavorable para el colegio, el Departamento siguió la controversia con la apelación, allí salieron a relucir testimonios como el del coordinador, quien entre otras cosas, afirmó: “(…) de acuerdo con la versión de los estudiantes que estaban presentes en el laboratorio, todo fue un desafortunado accidente, presuntamente ocurrió porque las estudiantes no siguieron bien las instrucciones dadas por la profesora e invirtieron el orden en que debían colocar las sustancias dentro del tubo de ensayo y porque estaban sentadas de frente a los elementos que estaban manipulando para el experimento. De acuerdo con la versión de la profesora, ella manifiesta que en 20 años de estar realizando este experimento es la primera vez que ocurre un accidente, manifiesta que ella dio las instrucciones necesarias para prevenir accidentes y proporcionó una guía detallada con los pasos a seguir. Hacia las 5:00 p.m. fui al hospital y encontré que a la niña Marlien Yiseth Alvarez, le habían dado salida y a la niña Maria Del Carmen Alvarado, la tenían en observación, hablé con el tío y me manifestó que la remitían a Neiva para ser valorada por el cirujano plástico. Al día siguiente, la niña fue llevada a Neiva, valorada por el cirujano y la regresaron a su casa con una incapacidad y guía de cuidados especiales durante dos (2 meses)”.

Por otro lado, en el acta de visita del primero de junio de 2011 adelanta por el Coordinador, docente Rolando Carvajal a los alumnos del grado 1103, que indicaron las causas probables del accidente ocurrido en el laboratorio de química:

“(…) -Probablemente no siguieron las instrucciones y al parecer le echaron mucho cobre y la mezcla se recalentó.

-La profesora explicó todos los peligros y entregó una guía con las instrucciones.

-También pudo suceder que taparon con mucha presión el tubo de la mezcla.

-Los estudiantes coinciden en que no hubo culpa de ninguna de las personas fue un accidente.

-El estudiante Mailo Yeison, dice que él estaba repartiendo el cobre y ellos echaron un trozo al tubo y como no reaccionó le echaron otro.

-El laboratorio debe haber más elementos de protección. (…)”.

Las consideraciones del Tribunal

Los magistrados, ateniéndose al informe rendido por el especialista en cirugía plástica de la E.S.E. Hospital Hernando Moncaleano Perdomo de Neiva, que indica “la paciente fue evaluada clínicamente conceptuándose lesiones tipo cicatrices hipertróficas y queloides en cara, tórax y miembros superiores sin ninguna caracterización que implique secuelas funcionales en las citadas regiones anatómicas”, señalaron lo siguiente:

“Si los estudiantes sufren un daño durante el desarrollo de actividades propias de la escolaridad, para la Administración surge el deber de reparar los perjuicios que hubiere ocasionado, porque “el centro educativo se erige en garante y adquiere la obligación de responder por los actos del educando que pudieran lesionar derechos propios o ajenos o por cualquier daño que los alumnos puedan llegar a causar o sufrir”; no obstante, si se demuestra “que el establecimiento educativo actuó con diligencia pericia y eficiencia en su cuidado” o que el resultado lesivo se produjo por una causa extraña, el daño no le resultará imputable.

“En ese sentido, toda vez que sobre la referida institución educativa recaía la obligación de vigilancia al momento preciso de la realización del daño, para la Sala se impone concluir, contrario a lo expuesto en el recurso de apelación, que la responsabilidad de la entidad pública demandada sí se encuentra comprometida, toda vez que la lesión se presentó cuando la menor se encontraba bajo la custodia de la institución educativa”. Así, confirmó la sentencia de primera instancia, dejando incólume la condena contra el Departamento.

Lo que dijo el coordinador

El docente y Coordinador Hector Noe Manrique,  sobre el particular explicó cuando rindió su versión libre: “(…) un estudiante manifestándome qué había sucedido un accidente en el laboratorio de química, entonces me dirigí hasta allá y cuando llegué no estaba la profesora, pregunté dónde estaba y me dijeron que había salido con unos estudiantes que habían sido afectadas con la reacción de una mezcla que estaban haciendo allí, entonces procedí a llamar a la profesora y ella me manifestó que se encontraba rumbo hacia el hospital porque había tenido que llevar unas estudiantes con la familia de las niñas llevarla al hospital. Luego de eso, pues yo procedí a hablar con otros estudiantes para tratar de conocer que era lo que había sucedido, los estudiantes del curso me manifestaban que estaban en la práctica de laboratorio y que en uno de los grupos de trabajo se presentó un incidente con una de las mezclas que estaban haciendo y que una sustancia le había caído a dos niñas”.

Por su parte la docente Rosalba Burbano Cleves explicó en su versión que fue informada que había ocurrido un accidente en la clase de Química de la profesora Martha Mazorra, en el que salieron lesionadas dos niñas, pero que no era de gravedad, que las menores estaban siendo atendidas en el Hospital y que por eso le pidió al Coordinador un informe de los hechos.

Manifestó que para cada grado existe un plan de área y los docentes elaboran el plan de clase o de aula y que estos planes se le informan a los Coordinadores. También afirmó que existe un reglamento para el manejo de los Laboratorios, así mismo en el Manual de Convivencia están insertados los reglamentos, los cuales son socializados con los estudiantes al inicio del año y los mismos, están pegados (publicados) en cada uno de los espacios como son la biblioteca y el laboratorio.

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