Alfonso Vélez Jaramillo
El tema del representante a la cámara Víctor Andrés Tovar Trujillo, es uno de los más controvertidos de este año en el Huila.
Este asunto fue tomado como caballito de batalla en la campaña política y muchas personas están siendo estratégicamente desinformadas. Por tanto, presento un relato general de este asunto y su situación actual.
No es mentira y tampoco es para menos, el congresista Tovar Trujillo está sorteando uno de los más difíciles momentos de su fresca, pero experimentada vida pública.
Se defiende a capa y espada y libra una dura batalla jurídica contra sus enemigos políticos, intensificada por la campaña electoral que no deja “títere con cabeza”, como usualmente sucede por estas épocas, en búsqueda de votos sin importar los medios utilizados.
El dirigente carga sobre sus hombros dos procesos conocidos hasta ahora: uno por perdida de investidura, que ganó en primera instancia ante la Sección Séptima Especial del Consejo de Estado, que aún no ha cobrado ejecutoria o vigencia, por estar pendiente de decidirse un recurso de apelación en Sala plena.
En este fallo la Sala Séptima Especial, negó la perdida de la investidura, toda vez que los demandantes no acreditaron el elemento subjetivo que hace referencia a la causal de inhabilidad acusada del artículo 179-5 de la Constitución Política.
Precisamente, en mi columna denominada “Confirmado: Víctor Andrés no estaba inhabilitado”, presenté el tema y expuse mi opinión con algunas consideraciones sobre la figura de “la confianza legítima”, estudiada en el Consejo de Estado, con la cual salió airoso.
La confianza legítima estatuye la presunción de la buena fe constitucional, principio regulador de las actuaciones de personas y para el caso concreto, las gestiones ante los despachos públicos, cuyo fin es que el ciudadano pueda desarrollar su actividad confiado en la seguridad jurídica del Estado, según la jurisprudencia C-131 de 2004.
La Sala Séptima acogió el elemento de la confianza legítima, sin embargo, la decisión final está en manos de la plenaria de esa corporación de la justicia contenciosa administrativa, pendiente de decidirse en los próximos días.
La segunda demanda, lo que la gente no sabe, es de nulidad electoral, es otro proceso, es diferente, no es el mismo de perdida de investidura, pero busca la nulidad del acto administrativo que declaró su elección, esta vez de única instancia contra el mismo congresista Tovar Trujillo.
Este proceso le correspondió a la Comisión Quinta, cuyo fallo aún no ha sido publicado de manera oficial, pero se sabe que declara la nulidad de su elección, por infringir la norma constitucional que regulariza el régimen de inhabilidad para ser elegido.
Aunque contra esta decisión de única instancia no procede recurso alguno, se tuvo en cuenta el elemento objetivo taxativamente expreso en la norma y sus defensores pueden instaurar una acción de tutela contra fallo judicial, muy similar al caso de la rectora de la Universidad Surcolombiana Nidia Guzmán Durán.
A la rectora Guzmán Durán, igualmente perseguida ante los tribunales, la Corte Constitucional le amparó los derechos fundamentales al debido proceso, el derecho a la defensa, acceso a cargos públicos y a la administración de justicia, que la tiene hoy en su cargo como última alternativa de la acción de tutela.
Víctor Andrés Tovar Trujillo, fue elegido congresista con la más alta votación (casi 43 mil votos) para el periodo constitucional 2022-2026, y antes de su inscripción consultó de manera previa su aspiración al congreso, frente al vínculo de parentesco de consanguinidad con su señora madre alcaldesa de Tarqui, Huila, a quien el gobernador Luis Enrique Dussán, le concedió licencia para apartarse del cargo. A última hora se supo por una fuente de cercana al Consejo de Estado, que en el transcurso de la próxima semana saldrá el fallo que define la apelación en el proceso que estudió la Comisión séptima especial.