De acuerdo con las normas del Consejo Nacional Electoral y mediante el Decreto 0432 de 2023,y la Alcaldía de Neiva para controlar la publicidad política y la propaganda electoral en el municipio por parte de los partidos y movimientos políticos, los comités de registro de importantes grupos ciudadanos, movimientos sociales y los comités independientes de partidarios del «voto en blanco» durante las elecciones que se realizarán el 29 de octubre de 2023.
Tanto el Consejo Nacional Electoral como la Comisión Municipal de Seguimiento Electoral han emitido resoluciones que sirven de fundamento a las normas generales y específicas en materia electoral contenidas en este decreto. Esta orden entro en rigor a partir del 16 de mayo y estará vigente hasta que terminen las elecciones.
De acuerdo con el decreto publicado, los candidatos a las elecciones de 2023 pueden colocar hasta 14 vallas publicitarias por campaña y deben hacerlo en lugares designados a lo largo de los límites urbano, suburbano y rural del municipio de Neiva. Estos locales también deberán tener una superficie máxima de 48 metros cuadrados.
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En cuanto a la aprobación de la publicidad radial, se decidió que el número máximo de spots por día sería de 50, con una duración máxima de 25 segundos cada uno. Estos spots podrán ser contratados con una o más estaciones de radio siempre y cuando no se exceda el número total establecido. Adicionalmente, se ha determinado que un máximo de 5 comerciales de televisión, de hasta 25 segundos de duración cada uno, podrán ser contratados por uno o más canales y emitidos simultáneamente sin sobrepasar el total permitido.
La cantidad máxima de banners publicitarios por candidato en cada comuna también deberá ser de hasta cinco, con una distancia mínima de 100 metros entre cada eje vial, quienes desobedezcan el decreto municipal estarán sujetos a sanciones por parte del Consejo Nacional Electoral. Así también se realizarán actividades de control, regulación y sanción a través de la Dirección de Espacio Público y la Dirección de Justicia con el respaldado de la Policía Nacional con el fin de mantener el orden.
“Del 29 de junio al 29 de octubre está permitida la publicidad exterior. Sólo podrán exhibir esta publicidad los carteles, elementos o lugares que hayan sido debidamente autorizados por la Dirección Nacional de Planeación Municipal, enfatizó el funcionario del gobierno local.
Estas acciones se enmarcan dentro de los parámetros del Código Nacional Electoral, Ley 130 de 1994, Resolución No. 14 de octubre de 2022, Resolución No. Decreto Municipal 928 de 2009 y Resoluciones 0331 y 0332 de 12 de enero de 2023, ambas emitidas por el Consejo Nacional Electoral.