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Mujeres ya no tendrán que cotizar 1.300 semanas para pensionarse

Jun 6, 2023

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La Sala Plena de la Corte Constitucional resolvió una demanda en contra de un apartado del artículo 9° de la Ley 797 de 2003.

Dicho apartado establecía un requisito uniforme de tiempo de cotización de 1.300 semanas tanto para hombres como para mujeres que buscaban acceder a la pensión de vejez en el régimen de prima media. La norma fue considerada inconstitucional por desconocer el derecho de las mujeres a una protección especial en el ámbito de la seguridad social y a garantizarles la igualdad material en el acceso a la pensión de vejez.

La Corte Constitucional, al resolver la demanda, reiteró su jurisprudencia sobre el principio de igualdad y los derechos fundamentales a la seguridad social y a la pensión. Destacó las inequidades que enfrentan las mujeres en materia de protección social y en el aseguramiento en la vejez, así como las barreras y dificultades que enfrentan para acceder y mantenerse en el mercado laboral, y asumir las obligaciones del cuidado del hogar.

La diferencia en la edad pensional y el requisito de cotización de 1.300 semanas se consideraron insuficientes para garantizar la igualdad entre hombres y mujeres, y se señaló que la norma generaba una discriminación indirecta para las mujeres que debía ser superada. La Corte determinó que la norma no contenía el enfoque de género que se demanda constitucionalmente en la actualidad, para atender las condiciones de las mujeres y garantizar su acceso efectivo a la pensión.

En consecuencia, se declaró la inexequibilidad del apartado cuestionado de la Ley 797 de 2003, en relación con sus efectos para las mujeres. La Corte instó al Congreso y al Gobierno Nacional a definir un régimen que garantice en condiciones de equidad el acceso efectivo al derecho a la pensión de vejez para las mujeres, especialmente para aquellas que son cabeza de familia.

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Sin embargo, considerando la necesidad de mantener la sostenibilidad financiera del sistema pensional, se estableció que los efectos de la decisión se aplicarán a partir del 1 de enero de 2026. Si para esa fecha no se ha adoptado un régimen que garantice la equidad en el acceso a la pensión de vejez para las mujeres, se reducirá el número de semanas mínimas de cotización exigidas en 50 semanas para el año 2026, y luego se disminuirá en 25 semanas cada año hasta llegar a 1.000 semanas a partir del 1 de enero de 2027.

La Corte también exhortó al Congreso y al Ejecutivo a adoptar políticas y programas complementarios a la política pública pensional que contribuyan a cerrar la brecha de equidad de género, especialmente en lo que respecta al reconocimiento de la economía del cuidado y la protección social de quienes la ejercen.

Esta decisión de la Corte Constitucional representa un avance en la búsqueda de garantizar la igualdad de género en el acceso a la pensión de vejez y promover la protección social de las mujeres en Colombia.

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