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Turismo huilense a registrar su operación

Jun 30, 2023

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El Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, reiteró el llamado para que los prestadores de servicios turísticos realicen el Registro Nacional de Turismo, hasta este 30 de junio. También se resaltó que debido al PND, los prestadores de servicios turísticos de municipios PDET y/o de menos de 200 mil habitantes están exentos de aportes parafiscales.

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Por: Gloria Camargo

Hasta hoy, 30 de junio, los prestadores de servicios turísticos que efectúen sus operaciones en el departamento del Huila tendrán plazo para llevar a cabo la renovación o activación del Registro Nacional de Turismo.

El Viceministro de Turismo, Arturo Bravo, ha destacado esta medida como una de las mejores noticias para el sector turístico en la presente vigencia.

Pues señaló que “gracias al Plan Nacional de Desarrollo, los prestadores de servicios turísticos de municipios PDET (Programas de Desarrollo con Enfoque Territorial) y/o de menos de 200 mil habitantes estarán exentos de realizar estos aportes”.

El funcionario explicó que si una persona tiene un establecimiento, proyecto productivo o servicio turístico en funcionamiento en municipios PDET o de menos de 200.000 habitantes, gracias al Plan Nacional de Desarrollo 2022 – 2026 ‘Colombia, potencia de la vida’, los prestadores de servicios turísticos que se encuentren en esos territorios quedaron exentos de aportes parafiscales hasta el 31 de diciembre de 2024.

Esta exoneración representa un incentivo significativo para los prestadores de servicios turísticos en el Huila, ya que les brinda un alivio financiero y les permite destinar esos recursos a fortalecer y mejorar sus negocios.

Además, promueve el desarrollo turístico en municipios que históricamente han enfrentado desafíos en materia de inversión y crecimiento económico.

Así mismo, los prestadores de servicios turísticos en el departamento del Huila que accedan a este proceso, podrán ser parte de otros beneficios como la postulación de proyectos ante el Fondo Nacional de Turismo y las líneas de crédito especializadas en turismo.

De obligatorio cumplimiento

El Ministerio de Comercio, Industria y Turismo ha enfatizado la importancia del Registro Nacional de Turismo para todos los prestadores de servicios turísticos. Este registro es de cumplimiento obligatorio y es necesario para el funcionamiento de dichos prestadores, quienes también deben actualizarlo anualmente.

En caso de que los prestadores de servicios turísticos se encuentren en la etapa inicial de su formalización, el Ministerio recomienda que se acerquen a las cámaras de comercio para solicitar la asesoría correspondiente.

El Registro Nacional de Turismo es un mecanismo de identificación y regulación de los prestadores de servicios turísticos. Además, es un sistema de información fundamental para el sector turístico, ya que contribuye al establecimiento de políticas, planes y programas en el ámbito turístico.

El Registro Nacional de Turismo, un requisito fundamental para quienes operan en el sector turístico.

Es importante destacar que los establecimientos que no cumplan con el trámite de registro podrían estar sujetos a investigaciones administrativas y sanciones.

De acuerdo con el Ministerio, se iniciará el respectivo proceso, de oficio o a raíz de una reclamación, contra los prestadores de servicios turísticos que incurran en las infracciones establecidas en el artículo 71 de la Ley 300 de 1996.

Además, se ha establecido que la prestación de servicios turísticos sin estar inscrito en el Registro Nacional de Turismo puede llevar a la clausura del establecimiento. Esta medida será ejecutada por el alcalde distrital o municipal, quien actuará de oficio o en respuesta a una solicitud presentada por cualquier persona.

A quienes aplica

El Registro Nacional de Turismo, un requisito fundamental para las organizaciones que operan en el sector turístico y abarca una amplia gama de actividades y servicios.

En primer lugar, se encuentran los establecimientos de hospedaje, como hoteles, centros vacacionales, campamentos y viviendas turísticas. Sin embargo, se excluyen los establecimientos que brindan servicios de alojamiento por horas. Esta medida busca garantizar una oferta de hospedaje segura y confiable para los turistas.

Las agencias de viajes y turismo también están obligadas a registrarse, incluyendo las agencias mayoristas y las agencias operadoras. Estas organizaciones son responsables de la planificación y organización de los viajes, y su registro es esencial para asegurar la calidad de los servicios turísticos.

Las oficinas de representación turística, encargadas de promocionar destinos y atraer turistas, también deben cumplir con el registro. Esto permite tener un control y seguimiento de las actividades de promoción y garantiza una adecuada representación de los destinos turísticos.

Los guías de turismo, profesionales que acompañan y brindan información a los turistas durante su visita, también deben estar registrados. Esto garantiza que los guías cumplan con los requisitos de formación y conocimientos necesarios para ofrecer un servicio de calidad.

Asimismo, los operadores profesionales de congresos, ferias y convenciones, quienes se encargan de la organización y logística de estos eventos, deben registrarse. Esto asegura que cuenten con la experiencia y capacidad necesaria para llevar a cabo estos encuentros de manera exitosa.

El registro también se aplica a los arrendadores de vehículos para turismo nacional e internacional, lo cual incluye a las empresas que brindan servicios de alquiler de autos a los turistas. Esto ayuda a regular y supervisar la calidad de los vehículos y servicios ofrecidos.

Arturo Bravo, Viceministro de Turismo, reiteró el llamado a realizar este proceso.

Las zonas francas turísticas también están sujetas al registro, incluyendo a los usuarios operadores, desarrolladores e industriales que operan en estas zonas. Esto permite un control y seguimiento adecuado de las actividades comerciales en estas áreas.

Las empresas promotoras y comercializadoras de proyectos de tiempo compartido y multipropiedad también deben registrarse. Estas organizaciones ofrecen servicios turísticos de alojamiento compartido y es importante garantizar su legalidad y transparencia.

Para los establecimientos de gastronomía y bares, el registro aplica a aquellos cuyos ingresos operacionales netos sean superiores a los 500 salarios mínimos legales mensuales vigentes y que se encuentren ubicados en un lugar turístico designado por las Resoluciones 347 y 348 de 2007. Esto ayuda a asegurar la calidad y cumplimiento de las normas en la oferta gastronómica.

Las empresas captadoras de ahorros para viajes y de servicios turísticos prepagados también deben registrarse.

Plataformas digitales

El Registro Nacional de Turismo también se extiende a los alojamientos ofrecidos a través de plataformas digitales en Neiva, donde se estima que existen más de 200 estadías disponibles en Airbnb.

La modificación del régimen de propiedad horizontal, contemplada en la Ley 675 de 2002, es una propuesta que se debate actualmente en el Congreso. El objetivo principal de esta modificación es regular adecuadamente el uso de viviendas residenciales con fines turísticos, sin penalizar a aquellos que hacen uso de las plataformas digitales.

La representante Olga Lucía Velásquez, ponente de la propuesta, enfatiza que no se opone a la generación de una economía en torno a estas actividades, pero considera que debe existir una regulación adecuada. Si se está llevando a cabo una actividad turística, es necesario cumplir con lo establecido en la ley 20-68, que rige el sector turístico en el país.

Para los establecimientos de gastronomía y bares, el registro aplica a aquellos cuyos ingresos operacionales netos sean superiores a los 500 SMLMV.

Juan Camilo Vargas, director ejecutivo de la Asociación Colombiana de Prestadores de Servicios Turísticos por Medio de Plataformas Digitales (Asohost), destaca por otro lado que existe un equívoco en torno a la creencia de que el desarrollo de la vivienda turística a través de plataformas digitales está prohibido o no regulado en Colombia.

Vargas afirma que esta actividad sí está regulada, pero es necesario cumplir con los requisitos y normativas correspondientes.

En Neiva se estima que existen más de 200 estadías disponibles en Airbnb.

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