Alfonso Vélez Jaramillo
Si estuvieran vivos los expresidentes de República Alfonso López Pumarejo, Alberto Lleras Camargo, Mariano Ospina Pérez y Roberto Urdaneta Arbeláez, posiblemente estarían dándose golpes de pecho y lanzando gritos al cielo por todas las picardías que está cometiéndose 75 años más tarde, en este deteriorado país, a nombre del Consejo Nacional Electoral (CNE).
López Pumarejo, Lleras Camargo, Ospina Pérez y Roberto Urdaneta Arbeláez, integraron en 1.948, la primera Corte Electoral, junto con los Magistrados de la Corte Suprema de Justicia Ricardo Hinestroza Daza y Eleuterio Serna, el rector de la Universidad Nacional Luís López de Mesa y el Gerente del Banco de la República Luís Ángel Arango, que histórica importancia tenía.
Era una corporación de lujo. Sin embargo, su nombre de Corte Electoral se modificó, por el de Consejo Nacional Electoral, hoy CNE, por una explicación del Magistrado, Jorge Valencia Arango: «El vocablo Corte produce la sensación de ser un organismo jurisdiccional siendo que la Corte Electoral no es sino una corporación administrativa cuyos actos están sujetos al control de la jurisdicción administrativa».
La Constitución Política de 1991, lo elevó a rango constitucional, en cuanto a la organización de las elecciones y la calidad de sus miembros que se asimilan a la categoría de los magistrados de la Corte Suprema de Justicia y, no son reelegibles, por fortuna.
Sin embargo, ya no tiene la importancia y respeto que irradiaba, inclusive con algunos miembros investigados por la justicia, que, sin ser inconstitucional, si refleja la decadencia de esa corporación,
Por cuya razón, considero que sus funciones particulares de ejercer vigilancia al sistema electoral, en cuanto a las calidades de los candidatos debería estar estrictamente en los magistrados del Consejo de Estado, a la Corte Suprema y la Corte Constitucional y no al CNE, por ser un asunto ligado a los derechos fundamentales.
¿Por qué hago esta propuesta?, porque el CNE, últimamente anda de tumbo en tumbo en sus procesos sin hacer estudios serios y garantes, hiriendo de muerte la democracia colombiana que debe soportarse en unas elecciones respetables.
Los fallos políticos presuntamente habilidosos, amañados, compuestos, arreglados y peligrosos a la luz de la Constitución Política, la Ley y el principio democrático, nunca serán sentencia de pleno derecho.
No gozarán de la legitimación ciudadana, y mientras se pide la reforma a la justicia, el CNE visibiliza como ha manejado de mal este país la dirigencia política en los últimos 50 años, llevándose de plano la imagen de la administración de justicia.
Es claro que el CNE es manejado por políticos al servicio de los partidos con asiento en esa corporación, pese a que fue creado para garantizar y salvaguardar la democracia colombiana, garante de la paz.
Los principios quedaron en los anaqueles con sus dirigentes deambulando entre los demás movimientos y agencias políticas.
Como es posible que en un hecho claro y grafico del régimen de inhabilidades, confunden a propósito las solicitudes de revocatoria y se desmontan de analizar los casos con el debido rigor jurídico, como debe ser.
Según el expediente radicado CNE-E-DG-2023-035500, pasaron sin vergüenza, la causal invocada del numeral 9 del artículo 111 de la Ley 2200 del estatuto departamental, sobre las inhabilidades para inscribirse como candidato a la gobernación a Rodrigo Armando Lara Sánchez.
Demostraron que no es una institución respetable y ha sido convertida en un premio de consolación o en un nido de candidatos al congreso quemados que van por el sueldo de magistrados, en detrimento del respeto por la democracia, la libertad y la igualdad de los candidatos.
Las elecciones serias demuestran la fortaleza de una democracia a través de un sistema electoral fuerte y majestuoso.
Repito: la Ley 2200 de febrero de 2022, prescribe la inhabilidad de manera taxativa y concreta, en su ARTÍCULO 111. las Inhabilidades de los Gobernadores. “No podrá ser inscrito como candidato, elegido o designado como gobernador:
Numeral 9º, Quien, haya celebrado en los 12 meses anteriores a la elección de la candidatura, en su interés particular (él recibe 30 millones cada mes) por sí o por interpuesta persona o en representación de otro, contrato alguno con el respectivo departamento, con sus entidades públicas o privadas que manejen o administren recursos públicos provenientes del mismo…”, (El subrayado es mío)
El PARÁGRAFO es más concreto: “Interprétese para todos sus efectos, que las inhabilidades descritas en el presente Artículo se refieren al departamento como entidad pública y sus institutos o entidades descentralizadas, que funcionan en el respectivo territorio o ejercen competencias que involucran al respectivo ente territorial”.
Bajo este tenor, el Hospital Universitario de Neiva es una entidad descentralizada de la gobernación, por tanto, es claro, Lara está inhabilitado para ser candidato, es muy fácil entenderlo, cualquier persona puede corroborar lo que en esta columna estoy exponiendo., por cuya razón no se entiende como el CNE tergiversa la situación planteada.
Los 30 millones que recibe Lara cada mes del (hospital o) Departamento, le crea este año la inhabilidad constitucional y legal, entre otras, cuyo objetivo primordial es lograr la moralización, idoneidad, probidad e imparcialidad de quienes van a ingresar o ya están desempeñando empleos públicos, sin importar la profesión u oficio, de acuerdo con la Corte Suprema
Ahora, De los nueve integrantes del CNE, tres fueron congresistas hasta el periodo anterior, y pelearon por ese cargo como un escampadero, que, en su lugar, deber servir para enaltecer el país y su democracia y no premios de consolación