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Departamento de la Función Pública, confirma candidatura de Humberto Alvarado en Rivera

Oct 12, 2023

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Un concepto emitido por el Departamento Administrativo de la Función Pública conocido recientemente deja en claro que el candidato a la Alcaldía de Rivera no tiene impedimentos para ser elegido.

Humberto Alvarado Guzmán, actual candidato a la Alcaldía del Municipio de Rivera, no está inhabilitado para ser candidato y ser elegido alcalde de esa localidad en las elecciones que se realizarán el próximo 29 de octubre de 2023.
Así lo dejó claro el Departamento de la Función Pública al dar a conocer recientemente un concepto que respondió a la consulta sobre si Alvarado Guzmán estaba o no inhabilitado para participar en la contienda electoral por ser hijo de la actual rectora de la Universidad Surcolombiana, Nidia Guzmán Durán.

Sobre el particular, la entidad estatal encargada de determinar si una persona cumple con los requisitos para un puesto o empleo público, señaló: “Esta Dirección Jurídica (del Departamento de la Función Pública) considera que el candidato hijo de un directivo docente (rector) de una institución de educación superior cuyo domicilio y sus sedes no es, ni están en el municipio donde aspira al cargo de Alcalde, no se encuentra inhabilitado para aspirar a ser alcalde del municipio de Rivera, Huila”.

Razones fundamentales

El concepto va más allá e indica que la Institución universitaria tampoco ha celebrado contrato alguno con el Municipio de Rivera con cargo a fondos municipales dentro de los doce meses anteriores a la elección, “de tal manera, que, al no haber ningún tipo de autoridad ni contrato con cargo a fondos municipales, como lo señala la Ley, no habría ningún tipo de inhabilidad frente a la consulta realizada”.

El concepto tuvo en cuenta, entre otros aspectos, la definición de la estructura orgánica de la Universidad Surcolombiana, las funciones del cargo, el domicilio de la institución y que la madre del aspirante ejerce autoridad administrativa; pero, en ese sentido, concluye que el ámbito del ejercicio de dicha actividad se encuentra fuera del municipio de Rivera, pues el domicilio principal de la Institución de Educación Superior es la ciudad de Neiva.

Destaca, entonces, que esta disposición es consecuente con lo señalado en los artículos 188, 189 y 190 de la Ley 136 de 1994 y lo establecido por el Consejo de Estado, que indican que el ejercicio de autoridad está ligado a dos aspectos: “El primero, se deriva del hecho de ocupar un cargo con autoridad política y el segundo aspecto el cual se aplica en este concreto permite establecer que la rectora como servidora pública ejerce autoridad conforme lo señala la ley 136 de 1994 en una circunscripción distinta en la cual pretende ser elegido”.

Sin margen de duda
De esta manera, queda despejada cualquier duda sobre si Alvarado Guzmán tiene alguna clase de inhabilidad para aspirar o ser elegido por voto popular como alcalde del Municipio de Rivera. Este tema, se había convertido en caballito de batalla de los adversarios de Alvarado en la contienda electoral, para desinformar a la opinión pública, teniendo en cuenta que el aspirante a la Alcaldía por el partido Liberal y ASI, lidera actualmente las encuestas y sondeos sobre intención de voto, a poco más de dos semanas para el día electoral.

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