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Aumentan las quejar por mensajes de texto no deseados

Dic 16, 2020

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Con solo responder a mensajes de texto, los usuarios de la telefonía móvil podrán bloquear la recepción de invitaciones al consumo de contenidos y aplicaciones de pago y/o cancelar la suscripción de aplicaciones de pago activas en sus teléfonos. Las quejas recibidas fueron 14.577, muy pocas frente a los 651 millones de mensajes recibidos en el último trimestre de 2020.

Diario del Huila, informe

Por Rolando Monje

¿Cuántos mensajes de texto recibe al día en su celular? ¿Recibe mensajes de texto publicitarios de empresas que no conoce? ¿Le llegan mensajes con publicidad de los que nunca dio autorización para ello? Tranquilícense que como usted son muchos los usuarios de celular que viven con la misma molestia.

La Superintendencia de Industria y Comercio, SIC, con corte al 4 de diciembre, recibió 14.577 quejas por publicidad recibida por medio de mensajes de texto en 2020, superando en 962 reportes a los recibidos en 2019 que fueron 13.615.

De estas quejas recepcionadas por la SIC, 70,9% fueron por falta de autorización, una de las infracciones contempladas en la Ley 1581 de 2012, conocida comúnmente como ley de habeas data.

Si no quiere recibir mensajes puede protegerse para evitarlos.
Si no quiere recibir mensajes puede protegerse para evitarlos.

Sin embargo, este tipo de quejas son cada día más frecuentes leerlas tanto en las redes sociales como grupos de chat. Pero ¿Qué tan legal es recibir este tipo de mensajes? ¿En qué casos las empresas pueden recolectar sus datos? ¿Qué hacer para dejar de recibirlos? ¿A dónde acudir para quejarse?

Si el número de quejas recibidas por la SIC no le parece significativo frente al número de usuarios de celular, calcule no más en cuánto ha incrementado el número de mensajes intercambiados entre usuarios.

En el segundo trimestre de este año, según el boletín trimestral publicado por el Ministerio de las TIC, se intercambiaron 651 millones de mensajes, una cifra muy superior a la registrada en los trimestres anteriores, cuando el mayor se presentó en el segundo trimestre de 2019 con un total de 501 millones. Esto al parecer, se debe a que ha aumentado el número de empresas que utilizan este tipo de servicios.

La empresa Claro es la campeona en este tipo de mensaje. De los 651 millones recibidos en el último trimestre más de 497 millones corresponden a esta compañía. Le siguen, de lejos Tigo con 86 millones, Movistar con 48 millones de mensajes, Virgin con 7 millones y Avantel con cinco millones.

Qué puede hacer el usuario
Qué puede hacer el usuario

Es de resaltar que durante el último trimestre reportado el incremento en este tipo de mensajes frente al periodo anterior fue de algo más de 156 millones de mensajes enviados, siendo Claro el que más aportó a este incremento y Móvil Éxito el único que bajó en cerca de un millón este tipo de servicio a sus usuarios, .

Cerco epidemiológico

Una preocupación frecuente es que por cuenta del cerco epidemiológico las compañías piden una cantidad a veces exagerada de datos personales y los titulares no siempre tienen claro lo que están autorizando. La Superintendencia de Industria y Comercio estableció unos parámetros claros para la recolección y el tratamiento de estos datos. Entre otros, indicó que los tomados para fines epidemiológicos no pueden ser ingresados a las bases de datos para publicidad, a menos que los titulares lo autoricen.

La instrucción que impartió la SIC y que empezó a ser cumplida a partir de este mes, se dio con el fin de proteger la libertad de elección de los usuarios de servicios de comunicaciones.

La Dirección de Investigaciones de Protección de Usuarios de Servicios de Comunicaciones de la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) ordenó a Claro, Movistar y Tigo adoptar mecanismos para que los usuarios decidan: si quieren recibir invitaciones al consumo de servicios de contenidos y aplicaciones de pago en su móvil (chistes, horóscopo, ring tones, fondos de pantalla etc.) y si desean cancelar todas las suscripciones a contenidos y aplicaciones que le generen cobros por esos mismos servicios.

Disposición de datos

Sin embargo, no porque exista una autorización a favor del empresario éste podrá disponer de los datos personales del consumidor y enviar los mensajes publicitarios que quiera. Él solo podrá enviar estos mensajes si dentro de las finalidades de la autorización se encuentran los fines publicitarios, es decir, si en la autorización se dispone que su información será utilizada para enviar mensajes publicitarios vía SMS. Por eso, se recomienda que la autorización disponga de manera expresa todas las finalidades para las que son recolectados los datos personales.

En estos casos, las personas tienen principalmente dos derechos. En primer lugar, el usuario tiene derecho a revocar la autorización que dio y pedir que no lo vuelvan a contactar para esos fines y, en segundo lugar, a preguntar al remitente del mensaje que le informe en qué momento dio tal autorización para que lo contactaran con fines publicitarios, y si no le responden o no lo hacen de manera satisfactoria, puede quejarse ante la Superintendencia.

Cómo reclamar

Es importante aclarar que para presentar la reclamación ante esa entidad es necesario haber surtido previamente todos los trámites ante el responsable del tratamiento de datos personales, es decir, la empresa que le está enviando los mensajes de texto.

Si surtido el proceso y la investigación la SIC encuentra que efectivamente se presentó una infracción, puede imponer sanciones hasta por 2.000 salarios mínimos mensuales legales vigentes ($1.755 millones), suspensiones, e incluso el cierre inmediato y definitivo de la operación que involucre el tratamiento de datos sensibles.

Motivos de quejas por infracción de la Ley 1581.
Motivos de quejas por infracción de la Ley 1581.

Antes de presentar una queja a la SIC, es necesario surtir el trámite con la empresa. No hay un mecanismo para revocar todas las autorizaciones en bloque, este proceso debe hacerse de manera manual, pidiendo la baja en todas las empresas de las que no se quieren recibir más mensajes. Sin embargo, como las quejas de los usuarios muchas veces no hablan sobre las empresas a las que no se autorizó, es posible recurrir a una opción que pocos conocen y puede ser muy efectiva para reducir el volumen de SMS recibidos: el Registro de Números Excluidos (RNE) de la Comisión de Regulación de Comunicaciones (CRC).

Inscribirse en el RNE hace que las personas no reciban mensajes de texto no solicitados. Los operadores pueden mandar SMS siempre y cuando el usuario no esté en el RNE o haya dado autorización previa para recibirlos, como sucede, por ejemplo, con las alertas de transacciones bancarias.

El mecanismo puede ser efectivo para bloquear los mensajes publicitarios de las empresas que no se autorizaron; sin embargo, es importante tener en cuenta también que, en muchas ocasiones, los usuarios dan su autorización sin darse cuenta.

Las personas no leen los términos y condiciones que aceptan cuando se inscriben, por ejemplo, a una app, y puede pasar que autoricen la transferencia o transmisión de datos para fines publicitarios sin darse cuenta. Lo importante, entonces, es que tengan en cuenta que siempre tienen la opción de salirse de esas listas.

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