La jueza 22 negó este lunes en la mañana la libertad condicional al abogado Diego Cadena, procesado por fraude procesal y soborno en la actuación penal, tras considerar que la defensa habría utilizado actos dilatorios.
La funcionaria judicial argumentó que aunque han pasado más de 240 días desde la acusación y no se ha iniciado el juicio, lo que podría considerarse como vencimiento de términos, se debe analizar que en ese lapso el juez dio un tiempo para recoger el material probatorio.
Añadió que, a pesar de esto, la defensa no avanzó y concluyó que se puede leer como un acto dilatorio, lo que contrarió el abogado de Cadena, Iván Cancino, quien afirmó que la demora vino por parte de la Fiscalía que no entregó la copia original de las pruebas.
Según la juez, la defensa pidió copias más claras, lo que generó un amplio número de gestiones para entregarlas teniendo en cuenta que estas están en manos de la Corte Suprema de Justicia.
Por estas razones, la juez dijo que a los 240 días se le descuentan los que competerían a las maniobras dilatorias, dejando en 140 los días transcurridos entre la acusación y las audiencias adelantadas posteriormente y el juicio que no ha iniciado.
La defensa, en cabeza de Cancino, apelará la decisión y dijo que la ve con preocupación. “Me parece ilógico que en la intervención de la defensa se deba pedir rechazo de lo que no se entregó. La defensa necesita tener completo el descubrimiento”, expresó. “No podemos atender como argumento válido lo establecido”.