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Piso de Protección Social, a partir marzo de 2021

Dic 23, 2020

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DIARIO DEL HUILA, ECONOMÍA

Por Rolando Monje

Si usted devenga menos del salario mínimo, bien sea por la suma de varios contratos de prestación de servicios o por la adición de vínculos laborales por tiempo parcial, ahora el Gobierno abrió la posibilidad, por medio del Decreto 1174 de 2020, de que acceda al Piso de Protección Social.

El Gobierno le asignó a Colpensiones la función de ejercer como gestor operativo del Piso de Protección Social, que empezará su ejecución en marzo del próximo año y que beneficiará a las personas que devengan menos de un salario mínimo legal mensual vigente como consecuencia de su dedicación parcial a un trabajo u oficio.

De acuerdo con la normativa firmada por el Ministerio de Trabajo, este se compone de tres elementos: Régimen Subsidiado del Sistema General de Seguridad Social en Salud, Servicio Social Complementario de Beneficios Económicos Periódicos (Beps) como mecanismo de protección en la vejez y Seguro Inclusivo que amparará al trabajador de los riesgos derivados de la actividad laboral y de las enfermedades que están cubiertas por los Beps.

Con las nuevas reglas del Ministerio de Trabajo, quienes tengan un contrato o un vínculo laboral de tiempo parcial y que ganen menos de un mínimo quedarán vinculados a este mecanismo. Actualmente, hay nueve millones de trabajadores que ganan menos de $877.000 y no están obligadas a cotizar para su seguridad social.

Esto les permitirá que su empleador aporte de manera obligatoria al programa de ahorro llamado Beneficios Económicos Periódicos Sociales o Beps.

En cuanto a la cantidad del aporte, el decreto especifica que será de 15 % del ingreso obtenido por el mes en cuestión. Su jefe tendrá que aportarlo de su ingreso mensual: 14 puntos irán para el ahorro para su vejez y el restante ira a un seguro que lo protegerá ante riesgos laborales. Este dinero no se le descontará a usted. Este aporte del 15% será adicional al valor convenido a pagar por el desarrollo de la actividad, sin que se pueda descontar de este último”.

Quienes sean independientes, y ganen menos de un mínimo, podrán acogerse a este programa, aunque los aportes deberán salir de su bolsillo.

 

Obligatorias y voluntarias

La vinculación a este sistema, creado por la Ley 1955 de 2019 ‘Pacto por Colombia, Pacto por la Equidad’, y que hace parte del Plan Nacional de Desarrollo, es obligatoria para quienes tengan contratos laborales o de prestación de servicios por tiempo parcial.

Según Colpensiones, se trata de un mínimo de garantías incluidas en el Régimen Subsidiado del Sistema General de Seguridad en Salud, los Beneficios Económicos Periódicos (Beps) y un Seguro Inclusivo que incluye una indemnización por fallecimiento, amparo exequial para la familia, una compensación por enfermedad grave y otro apoyo, una sola vez, por concepto de incapacidad para trabajar, cuando esta supera los cinco días. Así mismo, los trabajadores dependientes que se vinculen al Piso de Protección Social tendrán acceso a los beneficios del Sistema de Subsidio Familiar.

El mecanismo tendrá unas personas vinculadas de manera obligatoria y otras voluntarias. En este último caso figuran los trabajadores y contratistas de dedicación parcial, o aquellos que no tengan vínculo laboral ni contractual que perciban ingresos inferiores a 1 SMLMV, incluidos los trabajadores del sector agropecuario colombiano que se encuentren en esta condición salarial.

El aporte a los Beps deberá ser asumido en su totalidad por el empleador o contratante, según señala la ley, que corresponderá a 15% del ingreso mensual del trabajador o contratista. La cotización podrá realizarse en cualquier tiempo durante el mes en el que se desarrolla la actividad. De ese 15 % exigido para cubrir estos gastos, el Gobierno asegura que 14 % se destinará hacia la cuenta de ahorro individual, mientras que el 1 % restante irá hacia el pago de prima de seguro inclusivo. De los 14 puntos aportados se distribuirán así: 13 irán a la cuenta de ahorro individual del vinculado Beps y el punto restante se destinará al pago de la prima del Seguro Inclusivo.

 

Colpensiones asumirá el costo

Los costos de administración del Piso de Protección Social los asumirá Colpensiones en su totalidad, es decir, que no afectará a los empleadores ni a los empleados. Este es un programa solo para quienes están edad de laborar.

La Unidad Administrativa Especial de Gestión Pensional y Contribuciones Parafiscales de la Protección Social (UGPP) será la encargada de fiscalizar a los empleadores que cuenten con trabajadores afiliados al sistema de seguridad social en el régimen contributivo, y que con el propósito de obtener provecho de la reducción de sus aportes en materia de seguridad social de una vigencia a la otra desmejoren las condiciones económicas de dichos empleados, mediante la implementación de actos o negocios artificiosos o cualquier otra irregularidad en contra del Sistema General de Seguridad Social.

 

Más Beps

Las cifras de los Beneficios Económicos Periódicos (Beps) indican que en los cinco años de vigencia se llegó a 30.836 personas que reciben una prestación económica de Colpensiones. Hace dos años apenas rondaban los 8.000 beneficiarios.

En enero de 2020 eran 22.000 beneficiarios, es decir, que 8.836 (40%) han logrado un ingreso vitalicio a través de los Beps de Colpensiones. En Colombia, cada día, en promedio hay 1.200 personas que cumplen la edad de jubilación y, de ese total, solo 400 cumplen con los requisitos para acceder a una pensión, por lo que los otros 800 no se pensionan.

En Colombia hay 659.000 personas que están cotizando para pensión, pero cuyo aporte mensual no les alcanzará para que al momento de cumplir la edad de jubilación los ahorros sean suficientes para obtener una renta vitalicia.

Para ellos fue creado el modelo BEP, en los que el Estado les aporta el 20% adicional de lo cotizado, para acelerar el cumplimiento de los requisitos.

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