DIARIO DEL HUILA, ECONOMÍA
Por Rolando Monje
Luego de conocerse el porcentaje del incremento salarial para los trabajadores del país para el 2021, fijado mediante decreto presidencial, a partir de enero llegará toda una avalancha de incrementos en los pagos de servicios públicos y privados.
Las cuotas moderadoras que se cobran en el sector salud, multas de tránsito, servicio de grúa y patios, subsidios de vivienda, pensión mínima, subsidio al desempleo y hasta las indemnizaciones son algunos de los rubros que se establecen en salarios mínimos legales vigentes.
Esto significa que en la medida que el uno aumenta, el otro también se modifica, pese a que el Ministro de Trabajo dijo que este año debe cambiar la manera en que se calcula el cobro de las tarifas para que ya no sea por el incremento del mínimo, sino por la inflación (1,5% estimada para este año).
Tarifas de tránsito
Cuando una autoridad de tránsito impone un ‘comparendo’, el conductor sancionado deberá pagar la multa de acuerdo con el tipo de infracción. Según el artículo 131 del Código Nacional de Tránsito, estas van desde los cuatro salarios mínimos legales diarios vigentes para los casos menores, hasta los 30 salarios mínimos legales diarios vigentes en caso de faltas muy graves.
A continuación les contamos cómo quedarán algunos de los aumentos para las infracciones más comunes: No tener la revisión tecnomecánica ($507.512); Guiar un vehículo sin haber obtenido la licencia de conducción ($679.995); Estacionar en sitio prohibido ($507.512); Conducir un vehículo sin llevar consigo la licencia de conducción ($254.104); Conducir sin portar seguros ordenador por la ley ($679.995); No detenerse ante luz roja, amarilla, señal de pare o un semáforo intermitente en rojo ($679.995); Conducir en estado de embriaguez ($1.522.485); No portar el casco ni el chaleco en las horas establecidas ($507.512); No usar cinturón de seguridad ($507.512).
En materia del servicio de grúa, las motocicletas pagarán en adelante $30.284 y los vehículos livianos, $60.658, vehículos pesados (más de 1 tonelada) 90.852
La tarifa de patios para el caso de Neiva se estipulan valores variables, dependiendo de la cantidad de días que el automotor permanezca inmovilizado, que van desde los $3.029 diarios para las motos hasta los $14.630 en el caso de los vehículos de más de una tonelada, así las bicicletas pagarán $303; las carretas $2.118 y los vehículos de menos de una tonelada $4.542
Para la salud
En el sector salud, los usuarios deben pagar cuotas moderadoras o copagos por los servicios prestados, a través de las EPS, dependiendo de si es afiliado, beneficiario, si pertenece el régimen contributivo o al régimen subsidiado.
Este valor se calcula sobre el salario mínimo mensual diario, al que se le aplica el porcentaje que corresponde según el ingreso base de cotización determinado en salarios mínimos mensuales.
Para afiliados cuyo ingreso base de cotización sea menor a dos (2) salarios mínimos legales mensuales vigentes, el 11,7 % de un salario mínimo diario legal vigente”.
Para afiliados cuyo ingreso base de cotización esté entre dos (2) y cinco (5) salarios mínimos, el 46,1 % de un salario mínimo diario legal vigente.
Para afiliados cuyo ingreso base de cotización sea mayor de cinco (5) salarios mínimos, el 121,5 % de un (1) salario mínimo diario legal vigente.
No obstante, el Ministro de Trabajo explicó que el alza será conforme al valor de la inflación causada.
Subsidios, SOAT y otros
Los subsidios de vivienda es otro de los trámites que se fija según el salario. El monto que otorgan las Cajas de Compensación Familiar, con cargo a recursos parafiscales, se determinan en salarios mínimos legales mensuales vigentes, bien sea para adquisición de vivienda nueva, adquisición de vivienda usada, construcción en sitio propio, mejoramiento de vivienda, arrendamiento y arrendamiento con opción de compra.
El Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito, Soat, establecido por la ley con el objetivo de garantizar la asistencia de forma inmediata y absoluta a aquellas personas que hayan tenido accidentes de tránsito o colisiones está sujeta al salario mínimo legal vigente, así como la cobertura por gastos médicos, indemnización por incapacidad permanente, indemnización por muerte de la víctima, indemnización por gasto funerarios y hasta gastos de transporte.
También se incluyen algunos servicios notariales.
RECUADRO
Los costos laborales en Colombia
El salario mínimo tiene dos caras. Una es el salario que recibe el empleado y otra son los costos laborales que asume el empleador. Es esa disyuntiva la que más afecta la generación de empleo en Colombia, pues a medida que aumenta el salario mínimo, aumentan los costos laborales. Y si aumentan los costos laborales por encima de la expectativa de utilidad, los empresarios proceden a recortar personal o a cerrar sus negocios.
Con el nuevo aumento, un empresario colombiano debe pagar por cada empleado la suma de 1.531.492 pesos, así el empleado solo reciba 1.014.980. Pero la pregunta que surge es: ¿quién recibe los 516.512 pesos restantes?
La respuesta es sencilla, esos 516.512 pesos son impuestos que cobra el Estado colombiano al empresario por contratar a una persona. Y con esos recursos financia su política redistributiva.
Esto es lo que se conoce como un impuesto indirecto, el cual se traslada al trabajador en forma de menores ingresos. Como ejemplo tenemos los aportes parafiscales, la prima, las cesantías y sus intereses, salud, pensión, ARL, vacaciones y dotación, que gravan al empresario.