El espacio público, es el medio ambiente de las ciudades. Porque el espacio público es el medio que rodea, condiciona y hasta caracteriza a los habitantes de las ciudades.
Más allá de las connotaciones simplemente jurídicas, el espacio público, éste debe ser considerado como el ámbito espacial que en una ciudad, rodea al ser humano. Y es eso lo que hace que incida de manera imperceptible, la mayoría de las veces, en el comportamiento y formas de actuar de los individuos.
Cuando se habla de peatonalizaciones, construcciones de parques o alamedas, trazados de ciclo o moto rutas, planes de movilidad o de integración de sistemas de transporte, y otros “amoblamientos” urbanos deben tenerse en cuenta muchas cosas.
La primera debe ser que justo los proyectos sobre espacio público o que incidan en él, deben responder a políticas públicas de largo plazo asegurando el respeto de éste. Sucede a veces con ampliaciones de andenes o construcciones de parques; se vuelven estímulos a mayor invasión de bienes colectivos y generan conflictos sociales (en cambio de resolverlos).
Segunda, para todo lo anterior es necesario que los municipios y distritos cuenten de entrada con dos presupuestos: que hayan fortalecido a las inspecciones de control urbano y que hayan inventariado y precisado las áreas de espacio público ya disponibles, porque a veces se calculan expropiaciones sin necesidad: son bienes de uso común pero invadidos.
Tercera, si existe de verdad una política pública de espacio público, seguro se habrá contemplado que antes de contratar las obras de cemento, para ampliar o adecuar los espacios, debe estimularse el establecimiento de parqueaderos públicos (del Municipio) y privados (de iniciativa particular) que bien podrían ser cooperativas de vendedores ambulantes o desempleados. Hoy son obligatorios los planes de movilidad insertos en los planes de ordenamiento territorial.
Cuarta, esa política pública, debe haber definido los instrumentos jurídicos para las concesiones o licencias para ocupaciones legales y temporales en el marco legal.
Quinta, debe incluir las zonas de descanso para el peatón, arborización y sombra, ciclorrutas y otros amoblamientos complementarios, como estaciones para motos y bicicletas, paraderos e intercambiadores para el transporte colectivo, teléfonos de emergencia, ventas de periódicos, etc. Sexto, urgen definiciones de normas únicas para fachadas y destino de terrazas y cubiertas (hay que entrar en la onda de cubiertas verdes).
Las políticas públicas sobre urbanismo deben, con sentido común, resolver los retos urbanos e imponerse sobre los malos y cortoplacistas gobernantes que cunden. También estos problemas exigen sincerarse.