La Corte Suprema de Justicia hizo un fuerte llamado de atención a la Fiscalía General de la Nación para que module su lenguaje en los procesos de extinción de dominio y no haga afirmaciones que comprometan responsabilidades contra los investigados que aún no han sido probadas por la justicia.
“Exhortar a la Fiscalía Trece Especializada de Extinción de Dominio para que, con independencia de si mantienen o no los efectos de la resolución del 13 de octubre de 2021 (…) en la expedición de futuros actos a su cargo haga uso de un lenguaje compatible con la naturaleza patrimonial de la acción de extinción del derecho de dominio y, en consecuencia, se abstenga de proferir afirmaciones que impliquen atribución de responsabilidad penal a los individuos, sin que se cuente con el respaldo para ello”, dijo la Corte.
Ese fuerte llamado de atención se hizo al estudiar una tutela que interpuso el exsenador Armando Benedetti en contra del proceso de extinción de dominio que se adelantó a uno de sus bienes.
Benedetti decía que en su condición de Senador y miembro del partido de oposición Colombia Humana, venía siendo víctima de actos de persecución política.
También dijo que se había iniciado un proceso de extinción de dominio contra sus bienes, sin haber sido vinculado en indagatoria en el proceso que adelanta la Corte por presunto enriquecimiento ilícito.
Benedetti calificó los operativos de extinción de dominio contra uno de sus apartamentos como “desproporcionado (…) comprometiendo su vida privada e integridad personal, al ser tomados sendos registros fotográficos de todo el apartamento, incluidas las habitaciones de sus hijos, sin atender que se trata de un inmueble destinado a vivienda familiar”.
En el marco de la tutela, pidió que se declarara la actuación de la Fiscalía como una vulneración a sus derechos fundamentales y se ordenara la devolución definitiva de su apartamento ubicado en Bogotá.
“Para lo cual se sugiere un término de dos meses contados desde la sentencia que ponga fin a este proceso, tiempo razonable para reubicar mis pertenencias y las de mi familia en condiciones dignas”, pedía el exsenador.
Aunque la Corte no falló a su favor porque concluyó que en definitiva el exsenador “cuenta con los mecanismos ordinarios dentro del proceso de extinción de dominio” para mostrar su inconformismo, sí hizo ese llamado de atención a la Fiscalía.