La Sala Plena de la Corte Constitucional declaró urgencia nacional para estudiar las 30 demandas en contra de las modificaciones a la Ley de garantías, específicamente al artículo 124 de la Ley 2159 de 2021, que le permite a la Nación celebrar convenios interadministrativos con las entidades territoriales para ejecutar programas y proyectos correspondientes al Presupuesto General “con el propósito de promover la reactivación económica” durante el 2022.
Los demandantes, entre políticos, abogados y ciudadanos, señalaron que con el artículo 124 de 2021 “se suspendieron garantías electorales que evitan que los recursos públicos en cabeza de las entidades territoriales puedan tener alguna injerencia en las elecciones que se avecinan, en particular las del Congreso de la República y la de la Presidencia de la República».
Pidieron al Alto Tribunal que le dé un trámite ágil y preferente a esta solicitud. La Sala Plena aceptó este requerimiento para prevenir la posible afectación del patrimonio público.
Además, el Tribunal hizo énfasis en que si al término del proceso, la norma examinada es declarada «no viable» o «inexequible», no se podrían celebrar convenios entre la Nación y las entidades territoriales en el 2022, de acuerdo con lo establecido en el artículo 149 de la Constitución Política.
Por otro lado, la Corte Constitucional rechazó las solicitudes de “Revisión previa de constitucionalidad” y “Suspensión de los efectos de la ley como medida provisional” sobre la ley de presupuesto por considerar que es incompetente en esta materia.