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ABC para reclamar la garantía de un carro

Jun 22, 2023

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Gloria Camargo

Comprar un carro nuevo es el sueño de muchos colombianos, quienes, ya sea mediante un crédito o ahorros, buscan hacer realidad el anhelo de estrenar un automotor. Sin embargo, al igual que cualquier otro producto nuevo, los carros también pueden presentar fallas. Afortunadamente, en esta situación existe una garantía que beneficia al comprador, aunque es importante comprender sus condiciones y leer detenidamente la letra pequeña.

La garantía de un vehículo no es comparable a la de un producto que se adquiere en un supermercado o en cualquier tienda. Esta garantía tiene restricciones y cláusulas que deben ser examinadas minuciosamente. Por lo tanto, antes de comprar un vehículo, es fundamental evaluar las condiciones de la garantía y lo que el fabricante ofrece en caso de que el automóvil presente alguna falla.

Según la guía del consumidor de vehículos automotores expedida por la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) de Colombia, en primer lugar, el consumidor debe tener en cuenta que debe dirigir sus reclamos al fabricante, expendedor o importador del vehículo, exigiendo la reparación del bien.

Los términos de la garantía de un carro, según la SIC, son los siguientes:

Vehículos particulares: La garantía tiene una duración de doce (12) meses contados a partir de la fecha de entrega del vehículo al comprador original o hasta que el automóvil alcance los veinte mil (20.000) kilómetros de recorrido, lo que ocurra primero.

Vehículos de servicio público de transporte de pasajeros: La garantía tiene una duración de seis (6) meses contados a partir de la fecha de entrega del vehículo al comprador original o hasta que el automóvil alcance los cincuenta mil (50.000) kilómetros de recorrido, lo que ocurra primero.

Otros vehículos de servicio público: La garantía tiene una duración de cuatro (4) meses contados a partir de la fecha de entrega del vehículo al comprador original o hasta que el automóvil alcance los veinte mil (20.000) kilómetros de recorrido, lo que ocurra primero.

Motos, motonetas y motocarros: La garantía tiene una duración de seis (6) meses contados a partir de la fecha de entrega del vehículo al comprador original o hasta que el automóvil alcance los seis mil (6.000) kilómetros de recorrido, lo que ocurra primero.

Es importante destacar que las motocicletas, motonetas y motocarros destinados a competencias deportivas quedan excluidos de esta obligación, lo que otorga libertad a los ensambladores, importadores y representantes de los fabricantes para establecer los términos y condiciones de la garantía.

Respecto a las dudas sobre qué sucede si el carro presenta fallas durante el periodo de garantía, el mismo documento precisa que el responsable de la garantía, ya sea el concesionario o el importador del automóvil, debe responder por ello. Es su obligación garantizar la reparación y el cambio de las piezas que generen la falla.

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