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Acuerdo de Escazú: ¿más de lo mismo?

Oct 5, 2024

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Por: Alvaro Hernando Cardona González

La Corte Constitucional declaró hace poco más de un mes, el Acuerdo de Escazú ajustado a la Constitución Política. El alto tribunal dijo que no era necesario adelantar una consulta previa con las comunidades étnicas para darle el aval a la iniciativa, evaluando alguno de los ataques que se le hizo tratando de tumbar la Ley 2273 de 2022, que ratificó en Colombia el Acuerdo de Escazú.

El Acuerdo está orientado a implementar derechos, más participación de las comunidades en los asuntos ambientales gran parte de lo cual ya hacía el Decreto Ley 2811 de 1974, el aún vigente Código Nacional de los Recursos Naturales Renovables y de Protección al Medio Ambiente, y la Ley 99 de 1993. Incluso, hay que decirlo, hasta en la Ley 1333 de 2009, recientemente modificada, y que adopta el régimen especial sancionatorio para el sector ambiente y desarrollo sostenible.

Lo que sí hay que reconocer de la Ley 2273, acabada de evaluarse y declararse constitucional, es que, además, establece unos mecanismos para brindar un entorno más seguro a quienes hacemos las labores de difusión, conservación y protección. También estimula aún más, la cooperación internacional en estas materias.

Una de las declaraciones de la Corte es: “El Acuerdo no abarca una reglamentación específica de aspectos que afecten de forma directa a las comunidades étnicamente diferenciadas. La regulación en él inserta se enfoca en lograr la implementación plena y efectiva de los derechos de acceso en asuntos ambientales”.

Compartimos con algunos sectores de la opinión, que ahora el principal reto será la implementación del acuerdo. Y seguramente serán motivos de muchas discusiones. Por ejemplo, el gobierno ha manifestado que como anticipaba esta confirmación de la Ley, venía adelantado concertaciones buscando la creación del denominado Sistema Nacional de Control Social Ambiental (que también nos preocupa); desarrollar el que ha llamado Protocolo de Reacción ante situaciones de riesgo para los defensores ambientales; y las denominadas eco-regiones, que aparentemente buscan la protección de los ecosistemas de la mano de las comunidades.

Ya habrá espacio para comentar más. Sobre todo las verdaderas novedades, reiteraciones y peligros de la Ley 2273 de 2022. Por ahora aplaudimos que haya una norma especial sobre participación que complementa la Ley 99 de 1993. Pero hay más, sobre todo por estas calendas, cuando solo se habla de derechos pero ni por asomo de los deberes, y hasta el “orden” o disciplina se quiere difuminar del Escudo Nacional, y con ello advertencias de que puede haber sostenibilidad, pero no desarrollo.

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