La Sección Quinta del Consejo de Estado decidió anular la Resolución 1549 de 2023, mediante la cual el Consejo Nacional Electoral (CNE) había otorgado la personería jurídica al partido político Nueva Fuerza Democrática (NFD), liderado por el expresidente Andrés Pastrana.
La decisión fue proferida el pasado 19 de septiembre de 2024, y establece que el reconocimiento otorgado por el CNE carecía de una base legal sólida.
El Consejo de Estado, en una sentencia de 62 páginas, determinó que el CNE infringió varios artículos constitucionales y de ley al otorgar la personería jurídica al partido de Pastrana. Específicamente, el tribunal señaló que la autoridad electoral utilizó de manera inadecuada los efectos de la sentencia SU-257 de 2021 de la Corte Constitucional, que había restituido la personería jurídica al Nuevo Liberalismo, pero bajo condiciones excepcionales que no aplicaban al caso de la Nueva Fuerza Democrática.
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La Sala argumentó que el CNE no demostró de manera convincente que el partido Nueva Fuerza Democrática hubiera sido víctima de violencia sistemática y grave, como sí lo había sido el Nuevo Liberalismo, cuyas circunstancias justificaron su reinstauración. El Consejo de Estado concluyó que el partido de Pastrana no sufrió los mismos impedimentos para ejercer el derecho fundamental de participación política, por lo que no podía aplicarse el mismo criterio utilizado en la decisión del Nuevo Liberalismo.
A pesar de la nulidad, el Consejo de Estado decidió modular los efectos de la sentencia para evitar un impacto mayor en las elecciones territoriales del 29 de octubre de 2023. En ese sentido, el fallo respetó los principios de confianza legítima y buena fe de los candidatos que fueron avalados por la Nueva Fuerza Democrática durante el tiempo que estuvo en vigor su personería jurídica, permitiendo que los derechos adquiridos en ese periodo se mantengan.
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