El decreto para regular el porte y uso de las llamadas armas traumáticas está listo. Con la entrada en vigencia la regulación para el porte y uso de las armas traumáticas será el mismo que el de las armas de fuego.
Según el Ministerio de defensa se espera que el decreto entre en vigencia este mes de septiembre. El decreto contempla elevar a la categoría de armas de fuego el uso de las armas traumáticas, lo que las dejaría con la misma regulación. Además, se prevé que al igual que con las armas de fuego, los permisos serán excepcionales teniendo en cuenta que el uso y porte de armas de fuego en Colombia está prohibido y se mantiene vigente.
Así que para el porte y uso de las armas traumáticas o también denominadas de fogueo los ciudadanos deberán obtener permisos especiales. Así mismo serán más rigurosos los controles de las autoridades tanto al porte como a la venta de este tipo de elementos.
El decreto contiene los requisitos para los permisos:
Para personas naturales.
-Cédula de ciudadanía.
-Certificado de aptitud sicofísica expedido por la autoridad competente en este caso entidades autorizadas por la unidad de sanidad militar.
-Certificado de manejo de armas expedido por el departamento de control de comercio de armas, municiones y explosivos.
-Factura de venta o declaración de importación del arma.
Para persona jurídica
-Cedula de ciudadanía del representante legal.
-Concepto favorable emitido por la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada.
-Factura de venta o declaración de importación del arma.
Los documentos serán presentados cita previa ante el departamento de control de comercio de armas, municiones y explosivos del comando de las Fuerzas Militares o sus seccionales en donde se obtendrán las huellas dactilares del solicitante y además se harán fotografías para el Sistema de información de Armas, Municiones y Explosivos, es decir esta será la entidad encargada de otorgar el permiso.
Con esto se busca así mismo marcar y censar el número de armas que hay en el país. El proceso lo hará la misma entidad. Esta tendrá ocho meses para implementar los lugares en donde se entregarán las armas una vez se expida el decreto.
Queda establecido además que serán las fábricas y almacenes los encargados de crear formularios donde los ciudadanos decidirán si desean seguir con las armas o no. Este último trámite es obligatorio.