La publicación del borrador del proyecto hace parte de una campaña que emprendió la cartera de Justicia, dirigida a los medios de comunicación, las redes sociales y a la sociedad en general, con el propósito de socializar la iniciativa y explicar sus alcances.
Es así como el Ministro de Justicia, Néstor Iván Osuna, se reunió en sesión virtual con los gobernadores y alcaldes del país para socializar el proyecto de ley de modernización del sistema penitenciario, que busca el cumplimiento de las penas y la reincorporación social de los condenados y que esta cartera impulsará en la legislatura que comienza en el Congreso.
Al respecto, Osuna ha dicho: “Preferimos que el debate se dé sobre bases ciertas. El proyecto de ley que vamos a radicar en el Congreso no es un proyecto de excarcelación ni muchísimo menos un proyecto de impunidad. Es un proyecto que está centrado en restablecer el derecho a las víctimas, favorecer la resocialización de las personas privadas de la libertad y establecer un grado de actividades de las personas privadas de la libertad que les permitiría irse reincorporando a la sociedad”.
¿Qué busca este proyecto?
• Este proyecto busca modernizar el sistema penitenciario en todo el país, para que cumpla su finalidad de devolver a la sociedad personas que se han responsabilizado por los delitos que cometieron y que están comprometidos con no volver a delinquir.
• Lo hace a través del uso de las herramientas actualmente vigentes en la ley penitenciaria, seguido por un principio elemental: a mayor avance del individuo en su resocialización, siempre que tenga una conducta ejemplar en prisión, podrá progresivamente irse reincorporando a la sociedad a través de la obtención de permisos que serán ordenados por jueces. La diferencia está en el dinamismo con que se espera que funcione: si la persona condenada cumple los requisitos irá obteniendo permisos cada vez más progresivos hasta el final de su tiempo en prisión. Pero, si incumple en cualquier momento se acaban las posibilidades de acceso a los permisos.
¿Quién no podría solicitar la suspensión de la ejecución de la pena y la detención domiciliaria como alternativa a la prisión?
• Ningún condenado por delitos sexuales contra niños, niñas y adolescentes ni los condenados por delitos contra las personas y bienes protegidos por el Derecho Internacional Humanitario (DIH), por graves violaciones de los derechos humanos, contra la administración pública, por delitos cometidos por la criminalidad organizada o delitos graves de seguridad ciudadana, puede solicitar la suspensión de la ejecución de la pena o la detención domiciliaria como sustitutiva de la prisión intramural.
• Casos como la extorsión o el hurto con violencia sobre las personas o los atracos que tanto preocupan por el riesgo que corren los ciudadanos, no estarán cobijados con esta medida.
¿Los condenados por delitos sexuales contra niños, niñas y adolescentes podrán salir de la cárcel a trabajar?
• La legislación actual es contundente en restringir la salida de personas condenadas por delitos sexuales, particularmente si las víctimas son niños, niñas y adolescentes. En ningún caso a los condenados por delitos sexuales contra menores de edad se les permita gozar de algún beneficio que les autorice volver a la calle. El proyecto mantiene todas las restricciones ya previstas por el legislador.
¿Qué beneficios trae el proyecto?
• Este proyecto busca satisfacer los derechos de las víctimas, quienes hasta ahora han estado excluidas.
• Reducir los costos del sistema penitenciario. Para que funcione en condiciones dignas requiere de un presupuesto de 5,1 billones de pesos.
• El proyecto también pretender aumentar la seguridad para los ciudadanos, porque busca reducir los índices de reincidencia, que una persona que haya sido condenada no vuelva a cometer delitos, entre otras cosas, porque ya conoció lo dura que es la vida en las cárceles.
¿El proyecto de ley propone la rebaja de penas?
• No es un proyecto para conceder rebaja masiva de penas. Tampoco es un proyecto de impunidad ni de excarcelaciones. Es una iniciativa pensada en la seguridad de los ciudadanos, en quitar cargas al sistema judicial, en atender el déficit del acceso a la justicia, y mejorar la capacidad efectiva de los sistemas penal y penitenciario. Además, abre la puerta a la conciliación en materia penal en centros de conciliación, consolidando así vías rápidas para la terminación de conflictos.
¿Por qué la reforma le apuesta a la resocialización y a la justicia restaurativa?
• El proyecto de reforma le apuesta a que el tiempo que una persona esté privada de la libertad sea un tiempo productivo para él y para la sociedad. En Colombia no existe la cadena perpetua. Todas las personas que fueron condenadas a prisión, tarde o temprano, van a salir de la cárcel.
¿Qué busca el proyecto como sociedad?
• Pretende que los presos se conviertan en personas que aporten al desarrollo del país y no sigan engrosando las cifras de la criminalidad.
• Engordar las estadísticas de capturas no resuelve los problemas del país. Las cárceles no pueden seguir siendo escuelas del crimen. Deben transformarse en espacios de vida, de educación, de dignidad, de oportunidad, de arrepentimiento y reparación.
¿La iniciativa, de ser aprobada, afectaría la seguridad ciudadana?
• La humanización de las cárceles no riñe con la seguridad ciudadana. Todo lo contrario. En la medida en que logremos reducir la reincidencia habrá menos delitos y más seguridad.
¿Qué pasa cuando una persona condenada incumple los compromisos de la prisión abierta?
• El condenado que incumpla los acuerdos que le permitieron acceder a los permisos de una cárcel abierta no solo se expone a la revocatoria de estos beneficios y a su exclusión definitiva del programa, sino que también deberá enfrentar un nuevo proceso penal, por ejemplo, por fuga de presos.
¿A quiénes se otorgarían los beneficios de la prisión abierta?
• Estos permisos son para personas que ya han cumplido una parte significativa de su pena, quienes están próximos a recuperar su libertad, a saldar su deuda con la sociedad. Si incumplen volverían a la cárcel, sin ningún beneficio. De hecho, actualmente en Colombia cerca de 3.000 personas privadas de la libertad tienen acceso al beneficio administrativo de 72 horas.
¿Se está pensando convertir las cárceles en un hotel?
• Quienes afirman que con la posibilidad de que más personas condenadas salgan a trabajar de día y regresen en la noche están convirtiendo las cárceles en hoteles, desconocen que esa norma está vigente en el Código de Procedimiento Penal y en el Código Penitenciario desde hace más de 20 años, y, lo que es peor, minimizan lo que significa estar preso.
¿Por qué se propone eliminar el delito de incesto?
• La primera. El incesto actualmente tiene una pena de 1 a 4 años. Con el proyecto buscamos que cuando la víctima sea una menor de edad estos casos se manejen como un delito de acceso carnal violento agravado, que tiene una pena mínima de 40 años. Es decir, no es excarcelable.