La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) ha publicado el Calendario Tributario 2024, proporcionando a los contribuyentes las fechas límite para cumplir con sus obligaciones tributarias durante el próximo año. El Decreto 2229, emitido por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público el 22 de diciembre de 2023, establece los días hábiles para el pago de impuestos, excluyendo los sábados, domingos y feriados.
Impuesto sobre la Renta y Complementario Grandes Contribuyentes
Los Grandes Contribuyentes deben presentar la declaración y pagar el Impuesto sobre la Renta y Complementario del año gravable 2023 en tres cuotas, según el último dígito del NIT:
Primera cuota: Entre el 9 y el 22 de febrero de 2024.
Presentación de declaración y segunda cuota: Entre el 9 y el 22 de abril de 2024.
Tercera cuota: Entre el 13 y el 26 de junio de 2024.
Además, aquellos obligados al pago de puntos adicionales deben liquidar un anticipo para el año gravable 2024 en dos cuotas:
Primera cuota (50%): Entre el 9 y el 22 de abril de 2024.
Segunda cuota (50%): Entre el 13 y el 26 de junio de 2024.
Impuesto sobre la Renta y Complementario Personas Jurídicas
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Las personas jurídicas, sociedades y contribuyentes del Régimen Tributario Especial deben presentar la declaración y pagar el Impuesto sobre la Renta y Complementario en dos cuotas, según el último dígito del NIT:
Primera cuota: Entre el 10 y el 24 de mayo de 2024.
Segunda cuota: Entre el 10 y el 23 de julio de 2024.
Presencia Económica Significativa – PES en Colombia
Para quienes tienen presencia económica significativa en Colombia, la declaración y el pago del Impuesto sobre la Renta y Complementarios deben hacerse de manera anticipada bimestral:
Enero – febrero: Hasta el 14 de marzo de 2024.
Marzo – abril: Hasta el 16 de mayo de 2024.
Impuesto sobre las Ventas – IVA
Los Grandes Contribuyentes y responsables de IVA deben presentar y pagar el IVA bimestralmente:
Enero – febrero: Del 11 al 22 de marzo de 2024.
Marzo – abril: Del 10 al 24 de mayo de 2024.
Retención en la Fuente
Agentes de retención deben declarar y pagar las retenciones mensuales:
Enero: Del 9 al 22 de febrero de 2024.
Febrero: Del 11 al 22 de marzo de 2024.
Impuesto Nacional al Consumo
Los responsables del Impuesto Nacional al Consumo deben declarar y pagar bimestralmente:
Enero – febrero: Del 11 al 22 de marzo de 2024.
Marzo – abril: Del 10 al 24 de mayo de 2024.
Impuesto Nacional al Carbono
La declaración y el pago del Impuesto Nacional al Carbono son bimestrales:
Enero – febrero: 14 de marzo de 2024.
Marzo – abril: 16 de mayo de 2024.
Régimen Simple de Tributación – RST
Los inscritos en el RST deben presentar la Declaración Anual Consolidada y pagar anticipos bimestrales:
Declaración Anual Consolidada: Entre el 15 y el 19 de abril de 2024.
Anticipos bimestrales: Del 10 al 24 de mayo de 2024.
Este es solo un resumen de las fechas más relevantes. Consulte el calendario tributario completo en https://www.dian.gov.co/Calendarios/Calendario_Tributario_2024.pdf para asegurarse de cumplir con sus obligaciones tributarias de manera oportuna.
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