Diario del Huila

Corrupción electoral

May 27, 2023

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Por: Aníbal Charry González

Ya sabemos que el podrido sistema electoral que nos rige está hecho a la medida de la corrupción conveniente a la clase politiquera que no política, para el enriquecimiento ilícito, ora para la espuria adquisición de dinero y bienes materiales, o para la obtención del poder político puesto al servicio de la corrupción y la politiquería  -perdón por el pleonasmo-, pero hay una estrategia pérfida de los politiqueros para hacerse elegir sinuosamente estando inhabilitados, -a sabiendas de la secular tardanza de las autoridades para pronunciarse oportunamente, como que no en pocos casos fallaba la justicia cuando el periodo del elegido ya había concluido-, que es tratada con benevolencia por constituir un acto de audacia o de la viveza criolla que nos caracteriza para hacerle el esguince a la ley o burlarla sin sanción, y que no es más que  un acto de corrupción electoral que debía ser sancionado severamente por la defraudación colectiva.

Y para hablar sin elipsis sobre el tema, tenemos que citar la espuria elección del representante a la Cámara por Cambio Radical, Víctor Andrés Tovar Trujillo, cuya nulidad acaba de decretar el Consejo de Estado por estar literalmente cantada producto de la catedralicia inhabilidad que tenía para ser elegido, al ser su madre la alcaldesa del municipio de Tarqui para el período constitucional,  no obstante haber solicitado licencias remuneradas durante el lapso inhabilitante con el fin de burlar la ley electoral ,  que fue lo que argumentó con contundencia el alto tribunal y lo sabía no solo el elegido desviadamente, sino un estudiante de primer semestre de derecho,  y aún un desprevenido ciudadano por ser de bulto como se dice en el argot popular, la inhabilidad.

Así se pronunció con lógica en el juzgamiento el Consejo de Estado para ratificar que en el caso del representante Tovar Trujillo se habían cumplido plenamente todos los elementos que configuraban la inhabilidad del artículo 179 numeral 5 de la Carta Política : “Aunque la alcaldesa de Tarqui, Dora Liliana Trujillo Pava, gozó de varias licencias, esta circunstancia implica que no perdió su titularidad en el cargo y,  por tanto podía reasumirlo en cualquier momento”. Lógico y elemental, aclarando  la corporación que desde el año 2012 venia sosteniendo que si un alcalde elegido popularmente solicita licencia y su reemplazo es provisto por encargo, esa  situación no implica que se haya separado del cargo porque es su titular y no lo despoja obviamente de la autoridad civil y política que ostenta, pues puede asumir sus funciones en cualquier momento, por lo que no se entiende como se le aceptó la buena fe en la elección para negar la pérdida de investidura.

Sin duda fue una defraudación politiquera, como que el alto tribunal destaca también que curiosamente el actual gobernador Luis Enrique Dussán le concedió licencia no remunerada a la alcaldesa que coincidía con el periodo inhabilitante, que si tuviéramos un régimen político serio, con una Corte electoral con dientes,  no solamente el elegido perdería su credencial, sino que tendría que tener sanción penal e indemnizatoria por el fraude electoral.

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