El Consejo de Estado anuló la elección por la inhabilidad que le creó su mamá Dora Trujillo, quien fue alcaldesa de Tarqui, Huila.
DIARIO DEL HUILA, ACTUALIDAD
La Corte Constitucional ratificó la decisión emitida por la Sección Quinta del Consejo de Estado, que anuló la elección del representante a la Cámara Víctor Andrés Tovar Trujillo debido a una inhabilidad relacionada con el cargo político de su madre, Dora Trujillo, quien fue alcaldesa del municipio de Tarqui, Huila. La causal se fundamenta en que su madre ejerció autoridad civil y política en esa jurisdicción justo un año antes de la elección de Tovar, lo que generó la inhabilidad.
A pesar de que Tovar interpuso una tutela alegando la violación de sus derechos al debido proceso, a la justicia y a ser elegido, la Corte Constitucional concluyó que no se vulneraron dichos derechos y que la decisión del Consejo de Estado se mantenía en firme. La madre de Tovar había argumentado que durante el periodo de inhabilidad había tomado una licencia no remunerada, pero el Consejo de Estado determinó que dicha licencia no eliminaba la inhabilidad causada por su ejercicio de autoridad.
La Corte también aclaró que, en el proceso de nulidad electoral, no era relevante la cantidad de votos obtenidos en el municipio de Tarqui por Tovar, sino que bastaba con probar que se cumplían los elementos que configuraban la inhabilidad. Pese a su intención de retomar fallidamente su curul en la Cámara de Representantes, Tovar seguirá ligado al Congreso como secretario general de la Comisión Legal de Cuentas de la Cámara, hasta agosto del año 2026, periodo para el que fue elegido.
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Esta situación refleja cómo la normatividad electoral colombiana puede afectar a los candidatos que, aunque no ocupan cargos públicos directamente, se ven perjudicados por el parentesco con familiares que ejercen autoridad en sus territorios durante periodos críticos para las elecciones.
La decisión judicial no solo dejó a Víctor Andrés Tovar Trujillo por fuera del Congreso, sino que también generó un debate sobre las inhabilidades electorales y el impacto que estas pueden tener en la representación política, especialmente en zonas rurales como Huila. Los argumentos presentados por Tovar y su defensa giraban en torno a la interpretación de la ley electoral y la forma en que se aplica en casos de parentesco con funcionarios públicos. Sin embargo, el Consejo de Estado y la Corte Constitucional se mantuvieron firmes en su posición de que la inhabilidad no dependía de si la madre del excongresista se encontraba o no en licencia, sino del simple hecho de haber ejercido autoridad civil y política en el municipio durante el periodo inhabilitante.
Este caso pone de relieve la rigurosidad con la que se deben manejar las candidaturas en Colombia, especialmente en situaciones donde familiares ocupan cargos públicos. Las leyes electorales buscan evitar cualquier tipo de ventaja indebida que pueda derivarse de la influencia de un cargo de autoridad, lo que, en este caso específico, según los tribunales, se materializó en la inhabilidad de Tovar.
Además, esta situación también abre la discusión sobre el futuro político de Tovar y su posible regreso a la vida pública. Aunque su carrera política se ha visto truncada por esta decisión, no se descarta que en el futuro intente nuevamente postularse para algún cargo, esta vez cumpliendo con todos los requisitos legales. Su caso también sirve como advertencia para otros aspirantes a cargos públicos que puedan encontrarse en situaciones similares.
Finalmente, la repercusión de este fallo va más allá del caso individual, ya que refuerza la aplicación estricta de las normas electorales en el país. La transparencia y la igualdad en los procesos electorales son fundamentales para la democracia, y este tipo de decisiones contribuyen a mantener la confianza en las instituciones y en el sistema electoral.
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