DIARIO DEL HUILA, PRIMER PLANO
La única condición es que la embarazada se puede someter al proceso a más tardar en la semana 24 de gestación, después de este tiempo sí regirán las tres causales preestablecidas.
Después de meses de espera, la Corte Constitucional resolvió el debate sobre la despenalización del aborto en Colombia: el tribunal decidió que las mujeres puedan acceder a este derecho en el país sin tener en cuenta sus razones. La única condición es que la embarazada se someta al proceso a más tardar en la semana 24 de gestación, después de este tiempo sí regirán las tres causales establecidas que tiene que ver con malformación del feto o que la madre corra peligro o haya sido abusada.
“La conducta de abortar prevista en el Código Penal solo será punible cuando se realice después de la vigésimo cuarta (24) semana de gestación y, en todo caso, este límite temporal no será aplicable a los tres supuestos fijados en la Sentencia C-355 de 2006″, aseveró la Corte este 21 de febrero.
Se indicó que la votación del debate quedó cinco contra cuatro. A favor de la ponencia que apoya despenalizar el delito votaron los magistrados: Alberto Rojas, Antonio J Lizarazo, José Fernando Reyes, Diana Fajardo y Julio Andrés Ossa. Mientras que en contra votaron Cristina Pardo, Jorge Ibáñez, Paola Meneses y Gloria Ortiz.
Junto a la decisión de despenalizar el aborto hasta la semana 24 de gestación, la Corte exhortó al Congreso de la República y al Gobierno nacional para que formulen e implementen una política pública integral frente a este derecho. Se advirtió que esto debe ocurrir en el menor tiempo posible y sin perjuicio de cumplimiento para así evitar márgenes amplios de desprotección para la dignidad y los derechos de las mujeres gestantes.
La Corte señaló que hay seis puntos básicos que las autoridades deberían tener en cuenta para crear una política de aborto segura y responsable. Entre ellos se contempla el fortalecimiento de la educación sexual en el país, la eliminación de obstáculos a las embarazadas y el acompañamiento a esta población. Así mismo, se indicó que es importante garantizar los derechos de los menores que nazcan de madres que deseaban abortar.
Estas son las recomendaciones de la Corte:
— La divulgación clara de las opciones disponibles para la mujer gestante durante y después del embarazo
— La eliminación de cualquier obstáculo para el ejercicio de los derechos sexuales y reproductivos que se reconocen en esta sentencia.
— La existencia de instrumentos de prevención del embarazo y planificación
— El desarrollo de programas de educación en materia de educación sexual y reproductiva para todas las personas.
— Medidas de acompañamiento a las madres gestantes que incluyan opciones de adopción, entre otras.
— Medidas que garanticen los derechos de los nacidos en circunstancias de gestantes que desearon abortar.
La decisión anunciada este lunes y las recomendaciones entregadas fueron celebradas por Causa Justa, movimiento que interpuso la demanda para que la Corte debatiera el tema del aborto de nuevo. El grupo de activistas aseguró que este anuncio es un avance muy importante para las mujeres colombianas y representa un alivio para el personal de salud que está amparado por la ley para practicar el procedimiento.
“La decisión supone un avance en el reconocimiento de la libertad y autonomía reproductiva y sitúa a Colombia como el país con el modelo de plazos más amplio de todo el continente. El fallo también trae beneficios a las y los prestadores de servicios de salud, pues podrán realizar el procedimiento de aborto/IVE hasta la semana 24 sin enfrentar la amenaza de una persecución penal”, aseguró Causa Justa.
Cabe mencionar que aunque la decisión tomada por la Corte este lunes es celebrada por los colectivos feministas y defensores de derechos humanos, el debate del aborto en Colombia continúa.
Quienes están a favor de este procedimiento señalan que el siguiente paso es lograr que la Corte Constitucional elimine el aborto del Código Penal. Señalan que mantener el procedimiento en el ámbito penal y no en el de la salud pública, permite que continúe la criminalización de mujeres que acceden a este procedimiento.
“Seguiremos insistiendo hasta que deje de usarse este delito que es injusto, ineficaz y contraproducente. Los plazos sin duda reconocen en cierta medida la autonomía de las mujeres hasta una cierta etapa del embarazo, pero no se sustentan en razones científicas y niegan la capacidad de las mujeres para decidir como sujetos morales plenos”, sostuvo Ana Cristina González Vélez, pionera del movimiento Causa Justa y cofundadora de La Mesa por la Vida y la Salud de las Mujeres.