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Corte Suprema de Justicia ratifica negativa de libertad a Salvatore Mancuso como Gestor de Paz

Nov 14, 2024

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La Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia ha confirmado su negativa a conceder la libertad al exjefe de las Autodefensas Unidas de Colombia (AUC), Salvatore Mancuso Gómez, quien fue designado por el Gobierno Nacional como Gestor de Paz mediante una Resolución Presidencial.

La decisión de la Corte enfatiza que, aunque el propósito de la paz es legítimo, este no puede sobreponerse a los derechos de las víctimas y al cumplimiento de la justicia.

En su análisis, la Sala argumentó que la medida solicitada por el Gobierno carece de proporcionalidad al poner en riesgo la justicia y los derechos de las víctimas de violaciones graves de derechos humanos cometidas durante el conflicto. “Al analizar el alcance de la paz en relación con la justicia y los derechos de las víctimas, se advierte la falta de proporcionalidad de la medida pretendida por el Gobierno Nacional”, expresó la Corte en su decisión, recordando que la jurisprudencia constitucional establece que en contextos de justicia transicional el fin de lograr la paz debe estar equilibrado y no puede ser ilimitado.

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La providencia subraya que conceder la libertad a Mancuso como beneficio “sin contraprestación ni contención alguna, pese a la ausencia de contribución real con la verdad y la reparación de las víctimas por parte del postulado”, va en contra de los principios de justicia transicional y envía un mensaje desfavorable a las víctimas. La Sala señaló además que el documento oficial de designación como Gestor de Paz no aclara la duración de este rol, lo que genera un mensaje erróneo sobre el cumplimiento de sus obligaciones de justicia, verdad y reparación.

La Corte también recordó que, tanto la Corte Constitucional como la Corte Interamericana de Derechos Humanos, han insistido en la necesidad de salvaguardar los derechos de las víctimas. La determinación concluye que Mancuso, como uno de los máximos responsables de graves violaciones de derechos humanos, no puede acceder a beneficios “excesivos” sin antes cumplir con sus compromisos dentro del Sistema de Justicia y Paz.

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