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De 48 a 42 horas: ¿supresión de empleos en la pequeña empresa?

Jun 21, 2021

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Por: Gerardo Aldana García

La nueva Ley aprobada por Senado y Cámara que transita por un trámite de conciliación de la misma entre los dos estamentos del Congreso, destaca como uno de sus principales aspectos la reducción en las horas laborales que pasará gradualmente, año por año, de 48 horas actuales a 42 en el año 2026.  Son variados los enfoques que se dan a las implicaciones de la Ley según la perspectiva de quien la estudia. Por ejemplo, el expresidente Uribe quien radicó el texto inicial de la iniciativa legislativa, considera que esta medida elevará la productividad.   Para Bruce Mac Master, Presidente de la Andi “el cambio de la jornada laboral va en el sentido totalmente contrario a que debería. Se está encareciendo la creación de empleo, se está afectando la competitividad”.  Para Rosmery Quintero, presidenta de Acopi, “está demostrado que proyectos parecidos en otros países no han generado el empleo que se pretendía. La estructura empresarial está desgastada: se han agotado todos los esfuerzos para preservar el empleo”.

Ahora bien, para los pequeños empresarios en donde se ubican microempresas que tienen entre 1 y 5 empleados, por ejemplo, fincas del sector agropecuario, agroindustria, establecimientos de comercio y servicios, el panorama de la reducción de horas laborales tiene un rostro con una mueca de pesimismo. Pensemos en el finquero que tiene un mayordomo quien cumple semanalmente 48 horas atendiendo las labores regulares del predio tales como: ordeñar, guadañar o hacer cercos. El hecho de dejar de contar con este total de horas que traducidas al mes justifican el pago de un salario mínimo más las concebidas prestaciones sociales y trasferencias de ley, implica que ahora tendrá que pagar más horas extras al mismo trabajador o contratar otro para que supla las labores sin atender.  Con 40 horas básicamente se podría atender la finca de lunes a viernes; mientras que el sábado, en donde lógicamente los procesos productivos no se paran, el pequeño empresario del campo tendrá una erogación adicional de dinero para un fundo que sin embargo sigue con la misma producción o quizás menos. Otra opción a la que puede estar orientado es la de salir de este trabajador mediante la figura de contrato de trabajo y vincularlo simplemente para las tareas esenciales, mientras que otras actividades serán contratadas a destajo y seguramente buscará la forma de proteger sus ingresos y utilidades, si las hay, previniendo el pago de prestaciones sociales y demás. Incluso el desestimulo derivado de la nueva ley puede llevarlo a la decisión de reducir sus volúmenes de producción en detrimento de una disminución de su ingreso familiar, de su calidad de vida y por supuesto del PIB local y regional.

En el mismo sentido, un asadero de pollos hará que su propietario deba buscar la forma de encontrar más ingreso para justificar el incremento de las horas extras que ahora debe atender y probablemente que una de sus alternativas sea la de subir el precio de venta del producto al consumidor, sumándose a una extensa cadena de comercio y servicios con clara tendencia inflacionaria cuyo impacto se refleja en la economía nacional. Y así podríamos seguir analizando casos de empresas que pueden implementar la opción de automatizar procesos de pequeña escala, ahora manuales; y con ello el reemplazo de un trabajador por una máquina, ejemplo una empacadora, una lavadora de platos hasta un robot que sirve de mesero.

Debemos reconocer que medidas como esta nueva Ley, pueden abreviar el camino a una transformación de la producción de bienes y servicios que impactará de lleno en los trabajadores y en las economías del país.  Posiblemente en el largo plazo traiga beneficios; entre tanto, los pequeños empresarios y también los trabajadores de éstos, pasarán tragos amargos en sus ingresos.

 

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