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Definido incremento de avalúos catastrales en Colombia

Ene 11, 2022

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DIARIO DEL HUILA, ECONOMÍA

Por: Rolando Monje Gómez

Los avalúos catastrales determinan los valores de los predios, teniendo en cuenta factores como uso del suelo, actividad económica del sector, vías y su estado, servicios públicos disponibles, topografía, entre otros. El precio de predios y avalúos catastrales aumentará el 3% en el 2022.

Año tras año, el gobierno nacional a través del Departamento Nacional de Planeación, debe considerar la valorización y ajuste en el precio de los predios. Estos avalúos catastrales, se logran a través del análisis del mercado inmobiliario y de dinámicas socioeconómicas, como la inflación.

El Departamento Nacional de Planeación (DNP) confirmó vía decreto los reajustes que tendrán los avalúos catastrales en Colombia para 2022. De acuerdo con la entidad, la cifra fijada será de 3%, ya que el Banco de la República prevé que la inflación aumente en la misma proporción. Así las cosas, el reajuste de 3% se aplicará para los incrementos de los avalúos catastrales en predios urbanos y rurales. Por cuenta de una ley, el reajuste se realizará en todos los municipios y distritos, con excepción de Bogotá y las entidades que decidan calcular un índice de valoración predial diferente.

El incremento del avalúo no es igual al incremento del predial.

Para el año 2022 el aumento en el precio de los predios urbanos y rurales, fue estipulado por el Consejo Nacional de Política Económica y Social (Conpes), organismo encargado de emitir concepto sobre el reajuste a los avalúos catastrales. A partir del primero de enero de 2022, se estableció un ajuste del 3% en los avalúos catastrales de los predios urbanos y rurales formados y no formados con vigencia de 1 de enero de 2021 y anteriores.

Si tiene un predio que haya sido formado o actualizado en el transcurso del año 2021, este incremento no aplicará. Para estos predios, el ajuste al avalúo catastral entra en vigencia desde el 1 de enero del siguiente año, directamente en las zonas donde se encuentren. Cabe aclarar que, el aumento del avalúo catastral no podrá ser superior al porcentaje de la meta de inflación que el Banco de la República fija para el año en cuestión.

El avalúo catastral es una herramienta que usa el Estado para determinar cuánto se cobrará de impuesto predial en el año. Para ello, se hace un informe en que se evalúan factores y se establecen un precio referencia. Es la base gravable, que utilizan las autoridades tributarias de los municipios, para que mediante acuerdos de los concejos municipales, se apliquen tarifas deferenciales a los predios y así poder liquidar el correspondiente impuesto.

El Articulo 8 de la resolución 0070 de 2011, define el avalúo catastral como la determinación del valor de los predios, obtenido mediante investigación y análisis estadístico del mercado inmobiliario. El avalúo catastral de cada predio se determinara por la adición de los avalúos parciales practicados independientemente para los terrenos y para las edificaciones en el comprendido.

El catastro es el inventario o censo, debidamente actualizado y clasificado, de los bienes inmuebles pertenecientes al estado y a los particulares, con el objeto de lograr su correcta identificación física, jurídica, fiscal y económica.

En Colombia, se tiene previsto en la Ley 1607 de 2012 que los catastros descentralizados podrán calcular su índice de Valoración Predial de forma diferencial. Las ciudades que actualmente funcionan bajo esta figura son Bogotá, Cali, Medellín y el departamento de Antioquia. Esta autonomía, les brinda la posibilidad de conocer mayormente sus comunidades y territorios, para lograr ajustes en los avalúos catastrales más segmentados.

Las secretarias de Hacienda de cada departamento utilizan el avalúo catastral como la base gravable del impuesto.

Si su predio se encuentra ubicado en alguno de estos lugares, recuerde tener en cuenta la documentación y requisitos para solicitar un avalúo que cumpla con todos los requisitos de ley dispuestos por el gobierno nacional.

En Neiva ya está definido el calendario para el pago del impuesto predial unificado correspondiente al año 2022, que irá hasta el 31 de julio. Así mismo se han definido unos incentivos para quienes cancelen antes de esa fecha, es así como quienes lo hagan antes del 30 de abril recibirán un descuento del 12%, quienes por su parte cancelen a más tardar el primero de julio se les otorgará un descuento del 5%.

Impuesto predial y avalúo catastral

Con el inicio de año y los ajustes esperados en la economía, también se acerca el pago del impuesto predial. Pero ¿tienen relación los avalúos catastrales con este impuesto? Las secretarias de Hacienda de cada departamento utilizan el avalúo catastral como la base gravable del impuesto. Es decir, teniendo en cuenta el valor correspondiente del avalúo del predio se calcula el valor a cancelar en el impuesto predial. Sin embargo, ten presente que el ajuste en los precios de los predios, no puede incrementar más del 3% según lo decretado por el Departamento Nacional de Planeación a través del Conpes.

El impuesto predial recae sobre el predio directamente y no sobre ninguna persona en particular, evite así sanciones o pago de intereses, consulte el calendario tributario de la zona en la que se encuentra el predio y mantenga su documentación al día.

El incremento del avalúo no es igual al incremento del predial. El uno depende de procesos catastrales o del reajuste anual que hace el Gobierno Nacional con base en el IPC o índice de precios y el predial es el resultado de la aplicación de tarifas a la base gravable.

IGAC tiene lista la base

La información clave para que las ciudades y municipios del país puedan liquidar el Impuesto Predial Unificado ya está consolidada y evaluada por el Instituto Geográfico Agustín Codazzi (IGAC) y será entregada antes del 15 de enero.

La consolidación, depuración y evaluación de toda la información catastral, así como su socialización con las direcciones territoriales de la entidad, se ha venido realizado de forma detallada y cuidadosa, pues en esta oportunidad, se desarrolla por medio del Sistema Nacional Catastral.

Esta base catastral les permitirá a las ciudades y municipios tener información real, certera y de calidad para realizar los procesos relacionados con impuesto predial, avalúos y es el fundamento para las actualizaciones catastrales que se realizarán en este nuevo año, para continuar avanzando con la política de Catastro Multipropósito. Esta información es clave para que las ciudades y municipios del país puedan liquidar el Impuesto Predial Unificado (IPU).

En Colombia, se tiene previsto en la Ley 1607 de 2012 que los catastros descentralizados podrán calcular su índice de Valoración Predial de forma diferencial.

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