Diario del Huila

Derecho al buen trato

Nov 17, 2021

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Alguien me comentó orgulloso que educaba a sus hijos a la antigua. ¿Cómo así? Pues garrote en mano, me dijo.  ¿Y cómo ha sido el resultado? Funciona muy bien porque mis muchachos son muy juiciosos, respondió.  En esa charla del año pasado, argumenté que en la mayoría de países no se permiten castigos físicos, porque el hogar es donde los niños tienen que sentirse más protegidos. Agregué que estas prácticas legitiman el ciclo de violencia. Su respuesta fue “estamos en Colombia”. Esto puede cambiar con la ley 2089 de mayo de 2021, que obliga a implementar en un plazo de seis meses, una Estrategia Nacional Pedagógica y de Prevención, que “propenda por la eliminación del castigo físico y los tratos crueles, humillantes o degradantes contra niñas, niños y adolescentes”. Es un primer paso. Así sea una Ley “sin dientes”, llama a la reflexión. El artículo primero señala que los padres o quienes ejercen la patria potestad de los menores tienen el derecho a educar, criar y corregir a sus hijos según sus creencias y valores, indicando que el único límite es la prohibición del uso del castigo físico, los tratos crueles, humillantes o degradantes y cualquier tipo de violencia contra niñas, niños y adolescentes. La prohibición se extiende a cualquier otra persona encargada de su cuidado, en cada uno de los diferentes entornos en los que transcurre la niñez y la adolescencia. La Ley describe el término castigo físico, como aquella acción de crianza, orientación o educación en que se utilice la fuerza física y que tenga por objeto causar dolor físico, siempre que esta acción no constituya conducta punible de maltrato o violencia intrafamiliar. Describe “tratos crueles, humillantes o degradantes”, como aquella acción con la que se hiere la dignidad de la niña, niño o adolescente o se menosprecie, denigre, degrade, estigmatice o amenace de manera cruel, siempre que no constituya conducta punible. No será causal de pérdida de la patria potestad o de la custodia, ni causal para procesos de emancipación, siempre y cuando no sea una conducta reiterativa y no se afecte la salud mental o física de la niña, niño o adolescente. Los que amaban el “rejo” como método de disciplina, tendrán que acudir a otras formas de corrección.

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