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¿Desmonte de vallas políticas genera controversia?

Ago 11, 2023

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En relación a la publicidad, el Consejo Nacional Electoral señala: “la propaganda a través de medios de comunicación social y del espacio público únicamente podrá realizarse entre los 60 días anteriores a la fecha de la respectiva votación y la que se realizan empleando el espacio público podrá realizarse entre los tres meses anteriores a la fecha de la respectiva votación”.¿Desmonte de vallas políticas genera controversia?

La publicidad existe en la zonas: sur, norte, oriente y occidente de Neiva y ya estarían identificadas por la Administración Municipal.

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La publicidad electoral

En este sentido, Andrés Felipe Martínez, Jefe de la Oficina de Participación Ciudadana de la Alcaldía de Neiva, manifestó: “este es un trabajo interinstitucional que se realiza en el marco del Decreto 0432 de 2023, que da el marco jurídico para la instalación de publicidad”.

Y es que en el inciso primero y segundo del artículo 29 de la ley 130 de 1994 señala: “corresponde a los alcaldes y los registradores municipales regular la forma característica lugares y condiciones para la fijación de carteles pasacalles afiches y vallas destinada a difundir propaganda electoral a fin de garantizar el acceso equitativo de los partidos y movimientos agrupaciones y candidatos a la utilización de estos medios en armonía con el derecho de la comunidad a disfrutar del uso del espacio”.

En este sentido el artículo 35 de la Ley 1475 de 2011 indica que la propaganda a través de medios de comunicación social y del espacio público únicamente podrá realizarse entre los 60 días anteriores a la fecha de la respectiva votación y la que se realizan empleando el espacio público podrá realizarse entre los tres meses anteriores a la fecha de la respectiva votación.

Al respecto, Raúl Rivera Cortés, secretario de Gobierno Municipal, puntualizó: “no cuentan con la viabilidad técnica por parte de la Administración Local, las medidas policivas las tiene el secretario de Gobierno con sus directores para iniciar con los operativos y que la gente adopte el Decreto 0432 del 2023, que es donde están los parámetros y lineamientos para poder tener estas piezas publicitarias a lo largo de la ciudad”.

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Las elecciones

Y es que el próximo 29 de octubre del vigente año, los colombianos, acudirán a las urnas para elegir a las autoridades locales, alcaldes y gobernadores.

La Registraduría Nacional, reveló las cifras oficiales que dejaron las inscripciones a los comicios regionales del próximo 29 de octubre. En total, 132.533 personas se registraron como candidatos a las elecciones. El número supone un aumento del 13,73 por ciento en comparación a 2019, en donde se inscribieron 116.546 candidatos, unos 15.987 menos que en esta oportunidad.

Las plazas políticas que quedarán cubiertas en esta elección con nuevos gobernadores, alcaldes, diputados departamentales, concejales de distritos y municipios, y ediles de las Juntas Administrativas Locales (JAL) deberán definirse al cierre de este año para ocupar los distintos cargos el 1 de enero de 2024.

Según el ente electoral, en esta elección, se definirá quiénes ocuparan los siguientes cargos, por nivel de Gobierno: “418 diputados, que conformarán las 32 asambleas departamentales, 32 gobernadores, 1.102 alcaldes, 12.072 concejales de todos los municipios y distritos del país y 6.513 ediles que conformarán las Juntas Administradoras Locales (JAL).

Y en cuanto a loos puestos de votación, donde tradicionalmente los ciudadanos ejercen su derecho al voto, se suman a las sedes de la Registraduría a nivel nacional y a los más de 340 puntos móviles de inscripción habilitados en todo el país para realizar el trámite.

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En ‘manos de los alcaldes

Volviendo al artículo 29 de la ley 130 de 1994 expresa: “los alcaldes señalaron los sitios públicos autorizados para fiar esta clase de propaganda previa consulta con un comité integrado por representantes de los diferentes partidos, movimientos, grupos políticos que participa en la lección a fin de asegurar una equitativa distribución”.

Y el número y duración de emisiones de radio y televisión el número y tamaño de avisos de publicación escritas y de vallas que pueden tener en cada campaña los partidos movimientos y grupos significativos de ciudadanos que hayan escrito candidatos, destaca la ley.

En este aspecto, el jefe de la Oficina de Participación Ciudadana, destacó que han recorrido la ciudad, identificando las vallas políticas que no cuentan con autorización para poder instalarse. “Haciendo una especie de notificación para que se acerquen a las instalaciones de la Administración Municipal, para poder revisar la documentación que lleven y asimismo las que no tengan permiso, van a ser retiradas”.

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