En las últimas horas, se ha revelado un documento distribuido por las disidencias de las Farc en el departamento del Caquetá, detallando una serie de normativas que buscan “regular la convivencia” en la región.
Este manual, de seis páginas y con el sello de la estructura Jorge Briceño, establece varias obligaciones para comerciantes, trabajadoras sexuales y campesinos.
El documento comienza con una declaración de autoridad por parte de las disidencias: “Nosotros, como autoridad legítima del territorio, apoyamos a las comunidades y, en pro de mejorar las condiciones de vida, seguridad y convivencia, orientamos las siguientes líneas generales de trabajo”.
Entre las disposiciones más destacadas se incluye la prohibición de venta de licores y cigarrillos a menores de 16 años, para lo cual los negocios deben colocar avisos visibles. Los horarios de cierre también están regulados: los establecimientos comerciales deben cerrar a las 10:00 PM entre semana y a las 2:00 AM los fines de semana, con la obligación de mantener un volumen moderado de música.
Así mismo, cada caserío debe organizar un día mensual de embellecimiento comunitario, fomentando la participación de los residentes en actividades de limpieza y mejora del entorno.
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En cuanto a las trabajadoras sexuales, estas deben presentar un carnet de control médico y se les prohíbe el exhibicionismo y el desplazamiento fuera de sus lugares de trabajo. El documento es claro al señalar que «quedan prohibidos los exhibicionismos delante de la población, así como les queda prohibido desplazarse por el territorio o fuera de su lugar de trabajo. De lo contrario, serán multadas y sancionadas”.
El control comunitario se intensifica con la emisión de carnets con una validez de seis meses para los residentes, restringiendo las visitas familiares a periodos breves. Además, se prohíbe el uso de sustancias psicoactivas bajo amenazas de severas represalias para quienes no cumplan con esta orden.
Finalmente, se establecen horarios específicos de movilidad y la obligación de crear huertas caseras administradas por los residentes. Además, cualquier visitante debe ser presentado por la familia anfitriona ante una junta de acción comunal para su debido registro y determinar el tiempo específico de su estancia en la comunidad.
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